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Control o prueba de alcoholemia
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TEMA: Control o prueba de alcoholemia
#131821
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 5 Meses Karma: 43
Hola

Dado el tiempo que ha pasado y todo lo que comentas no creemos que te vayan a citar para juicio ya.

Así que no te comas más la cabeza con ese tema..

Si realmente ingeriste alcohol, ya te sirvió como experiencia.

Salu2

Juan:
Hola de nuevo,
no, no provoqué ningún daño en el mobiliario urbano, y el coche al que pegué por detrás, ya está más que reparado y no ha presentado ninguna denuncia, puesto que ya está solucionado. La policía no me vio conducir en ningún momento, puesto que llegaron después del accidente, así que no pudieron ver si conducía bajo los efectos del alcohol o no. La segunda prueba no se me realizó, y es lo que pone en los partes de denuncia, aunque luego ellos, mintiendo indiscriminadamente, dicen que está interrumpida y que me negué a soplar. Pero ahí están esos partes. Es posible que ya hayan archivado el caso, ya que va a hacer tres años en enero??? muchas gracias!
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#132372
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Jc:

El tema es el siguiente, el otro día teníoa estacionado mi coche en un sitio correcto, y un funcionario de la policia me saco la placa y me dijo que alto, que me habia pasado un disco en rojo, diciendole que estaba en comapañia de unos amigos y que habia benido al coche a recoger una documentacion y que estos estaba a 50 metros me quito el telefono. llamo a un coche de policia nacional y otro de policia local , entre ellos decian pero si el coche esta frio , y comentaba el actuante es igual se a pasado un disco en rojo . me llevaron a la comisaria me hicienzo soplar como 4 veces , no pone en los recibos de la toma ni mi nombre ni nada solo a pie de paquina el nobre del policia local . Mi pregunta es es esto valido , el manifesto que iba de sewrvicio solo , aunque iba con su familia. Hasta donde esto es legal dicha prueba . Muchas gracias
anonimo
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#132710
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por adela:

buenas noches
Si en una primera prueba das 0.40 y pasados 10 minutos vuelves a dar lo mismo (0.40).¿esto no puede indicar que no sea valido?
Tengo entendido que puede subir o bajar pero que nunca puede dar igual.
Si se usara el mismo alcoholimetro no seria algo ilegal? ¿no tendrian que haber usado el evidencial?. gracias
anonimo
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#132711
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
Te entregaron el boletín de denuncia? Qué tasa de alcoholemia diste?

La verdad es que es un caso bastante particular lo que te ha sucedido.

Ya nos contarás.

Salu2

Jc:
El tema es el siguiente, el otro día teníoa estacionado mi coche en un sitio correcto, y un funcionario de la policia me saco la placa y me dijo que alto, que me habia pasado un disco en rojo, diciendole que estaba en comapañia de unos amigos y que habia benido al coche a recoger una documentacion y que estos estaba a 50 metros me quito el telefono. llamo a un coche de policia nacional y otro de policia local , entre ellos decian pero si el coche esta frio , y comentaba el actuante es igual se a pasado un disco en rojo . me llevaron a la comisaria me hicienzo soplar como 4 veces , no pone en los recibos de la toma ni mi nombre ni nada solo a pie de paquina el nobre del policia local . Mi pregunta es es esto valido , el manifesto que iba de sewrvicio solo , aunque iba con su familia. Hasta donde esto es legal dicha prueba . Muchas gracias
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#132712
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
Buenas tardes

Puede que vuelvas a dar lo mismo. Eso no querría decir que no sea válido.

Respecto a utilizar el mismo alcoholímetro depende de que tipo de control fuera tal como indicamos en el artículo superior en el punto "Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol"

Salu2

adela:
buenas noches
Si en una primera prueba das 0.40 y pasados 10 minutos vuelves a dar lo mismo (0.40).¿esto no puede indicar que no sea valido?
Tengo entendido que puede subir o bajar pero que nunca puede dar igual.
Si se usara el mismo alcoholimetro no seria algo ilegal? ¿no tendrian que haber usado el evidencial?. gracias
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#132965
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Sergio:

Hola, buenas tardes

Querría haceros algunas consultas sobre los controles preventivos de alcoholemia que espero me podáis contestar.

En primer lugar, y en lo que respecta a la señalización de dichos controles:

-¿Es obligatorio señalizar los controles de alcoholemia?
-¿Existe un protocolo detallado en alguna parte que explique cómo deben señalizarse?
-¿Tienen los vehículos policiales que estén prestando un servicio la obligación de tener las luces del puente encendidas?

Por otro lado, tengo entendido que los controles que realiza la policía deben contar con autorización previa, de la Delegación de Gobierno en el caso de la Guardia Civil y del alcalde cuando se trate de las policías locales. ¿Tienen la obligación de mostrarme dicha autorización en el momento de someterme a la prueba de alcoholemia para que pueda comprobar que se trata de un control autorizado? Es obvio que podría pedir tal autorización en un escrito de alegaciones posterior, pero ya con una denuncia contra mí, y en este caso y si no tuvieran dicha autorización, les sería muy fácil falsificarla, redactándola a posteriori.

Gracias de antemano.
anonimo
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#133048
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
Buenas tardes.

¿Qué ta ha sucedido Sergio?

Desconocemos que haya un protocolo como tal para señalizar ese tipo de controles.

No tienen obligación de tener las luces de puente encendidas.

Entendemos que no tienen obligación de mostrarte ninguna autorización.

En cualquier caso, te sería complicado demostrar que no cumplieron todo lo referente a este tema..

SAlu2

Sergio:
Hola, buenas tardes

Querría haceros algunas consultas sobre los controles preventivos de alcoholemia que espero me podáis contestar.

En primer lugar, y en lo que respecta a la señalización de dichos controles:

-¿Es obligatorio señalizar los controles de alcoholemia?
-¿Existe un protocolo detallado en alguna parte que explique cómo deben señalizarse?
-¿Tienen los vehículos policiales que estén prestando un servicio la obligación de tener las luces del puente encendidas?

Por otro lado, tengo entendido que los controles que realiza la policía deben contar con autorización previa, de la Delegación de Gobierno en el caso de la Guardia Civil y del alcalde cuando se trate de las policías locales. ¿Tienen la obligación de mostrarme dicha autorización en el momento de someterme a la prueba de alcoholemia para que pueda comprobar que se trata de un control autorizado? Es obvio que podría pedir tal autorización en un escrito de alegaciones posterior, pero ya con una denuncia contra mí, y en este caso y si no tuvieran dicha autorización, les sería muy fácil falsificarla, redactándola a posteriori.

Gracias de antemano.
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#133053
RE: Control o prueba de alcoholemia hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Sergio:

Hola,

Bueno, me interesaba saber si existe un protocolo concreto y específico para señalizar este tipo de situaciones. Entiendo que los controles que se hacen a los conductores en la vía pública sí deben señalizarse, al haberse modificado las circunstancias de la vía (circulación interrumpida de forma intermitente, vehículos estacionados en lugares de la vía donde normalmente no estarían autorizados a hacerlo, peatones deambulando en estado de embriaguez que pueden invadir la calzada, etc...) debe establecerse una señalización circunstancial para informar a los conductores con la suficiente antelación. Más aún en controles de alcoholemia y drogas, dado que estos se sitúan en zonas donde pudieran circular conductores con sus facultades mermadas y el riesgo de accidente es mayor. (Art. 131 y 144 del RGC).

Respecto al alumbrado del puente, denominado V-3, entiendo que también debe estar encendido en situaciones como esta. (Art. 173 del RGC). Si existe alguna excepción, me gustaría que me concretáseis dónde ese especifica. Me resulta ridícula la explicación que he escuchado de algunos policías al decir que la apagan "para que no nos vean de lejos", cuando es precisamente esta su función, identificar a los vehículos policiales, por esa misma razón esos vehículos van pintados de una forma tan llamativa, o los propios agentes visten de uniforme y no de paisano.

Con la excusa de prevenir un peligro abstracto, como pueda ser la conducción etílica, omiten la señalización circunstancial y el resto de advertencias a los conductores, creando un peligro concreto.
anonimo
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