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rescision de un seguro medico por fallecimiento
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Foro de Salud: Enfermedades frecuentes, dietética y alimentación, seguros médicos y cómo llevar una vida sana
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TEMA: rescision de un seguro medico por fallecimiento
#144566
rescision de un seguro medico por fallecimiento hace 8 Años, 10 Meses Karma: 0
Hola amigos: Hace unos dias falleció un familiar cercano mio y acudi al seguro medico privado, del que era asegurado este familiar, para darlo de baja. Ante mi sorpresa me dijeron que a pesar de que las cuotas de pago de la poliza eran trimestrales, para mas desahogo del asegurado, la póliza era anual y que por lo tanto hasta que no venciera este año no podria ser dado de baja la poliza, por lo tanto a seguir pagando hasta fin de año, aunque el asegurado haya fallecido.

¿Es posible esto que me han expuesto? Me parece abusivo y en caso de que no sea de esa manera, ¿deberia devolver los recibos que me envien a cuenta de la fallecida?.

Gracias
javier alcain ceberio
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#144619
Re: rescision de un seguro medico por fallecimiento hace 8 Años, 10 Meses Karma: 60
Según la Ley de Contrato de Seguros la duración del contrato es anual y para darse de baja de un seguro de salud hay que avisar a la compañía aseguradora como mínimo con dos meses de antelación. Por este motivo, la mayoría de las compañías aseguradoras obligan a contratar anualmente sus seguros de salud y el tomador solo puede darse de baja a 31 de diciembre y siempre que lo haya comunicado a la aseguradora dos meses antes. En caso contrario, la póliza se renovará automáticamente por un periodo de otro año más. Cabe destacar, que actualmente en España los seguros médicos son por años naturales, es decir, comienzan el 1 de enero y acaban el 31 de diciembre. Desgraciadamente, si, por ejemplo, pedimos la baja en abril, tendremos que seguir pagando hasta el vencimiento del seguro que es el 31 de diciembre del año en curso. Una de las situaciones más gravosas suceden cuando el tomador del seguro fallece, en tal caso, la compañía de seguros puede reclamar el pago a sus herederos. Sin embargo, hay que señalar que esta cláusula siempre esta especificada en las condiciones generales del seguro. Lógicamente y como no podía ser de otra manera, últimamente han habido muchas protestas por este asunto. Cualquier tomador que quiera darse de baja porque, por ejemplo, se haya quedado sin trabajo y se haya encontrado en paro y no pueda pagar el seguro, o porque no se siente bien tratado por su compañía, o por otros motivos diferentes, se sorprenderá negativamente al descubrir que no resulta nada fácil resolver la póliza con la aseguradora.
tucapital.es
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