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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#133413
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Maria Concepción Coello Moreno:

Buenos días, en la actualidad estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, según la ley antigua. El próximo año cumplo 61 años pero solo tengo cotizados 27 años, y por lo tanto no puedo jubilarme. Podrían quitarme el subsidio y quedarme fuera del sistema? la ultima vez que renové me dijeron que ya pasaba a la edad de pension. Que debo hacer? Gracias por la información.
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#133478
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Amelia:

Hola estoy cobrando el subsidio por mayores de 52 años ahora voy a recibir una herencia en este mes, que debo hacer cuanto tiempo me retienen el paro?( Muchas gracias)
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#133536
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 60
No, el subsidio se da hasta que tengas derecho a una pensión contributiva, cosa que no es tu caso.

En tu caso, cuando alcances los 30 años cotizados, ya te daría derecho a la jubilación anticipada, que es el momento que te quitará el subsidio.

Salu2.

Maria Concepción Coello Moreno:
Buenos días, en la actualidad estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, según la ley antigua. El próximo año cumplo 61 años pero solo tengo cotizados 27 años, y por lo tanto no puedo jubilarme. Podrían quitarme el subsidio y quedarme fuera del sistema? la ultima vez que renové me dijeron que ya pasaba a la edad de pension. Que debo hacer? Gracias por la información.
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#133539
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 60
Algunos dicen que 1 mes y otros 12 meses.

Acude a SEPE y pide información.

A ver qué te dicen.

Salu2.

Amelia:
Hola estoy cobrando el subsidio por mayores de 52 años ahora voy a recibir una herencia en este mes, que debo hacer cuanto tiempo me retienen el paro?( Muchas gracias)
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#133626
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por jimena:

buenas tardes ayer estuve en las oficinas de collado villava y consulte si para recibir el subsidio de 55 sin responsabilidades te valdria con tres meses y la señorita tenia dudas y se lo consulto a otra y dijo que serian 6 es asi tenia entendido que son 6 para otros subsidios pero para el de 55 creia que con 3 valia para los que no tenemos responsabilidades da la casualidad que me van a contratar por 4 meses ademas cotize 34 años aunque esto me parece que no cuenta muchas gracias
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#133664
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 60
Eso es lo que nos comentó una persona que trabaja en el SEPE.

Pero ya lo dudo, porque ya hay varias personas que dicen que en el SEPE le han dicho lo contrario.

Salu2.

jimena:
buenas tardes ayer estuve en las oficinas de collado villava y consulte si para recibir el subsidio de 55 sin responsabilidades te valdria con tres meses y la señorita tenia dudas y se lo consulto a otra y dijo que serian 6 es asi tenia entendido que son 6 para otros subsidios pero para el de 55 creia que con 3 valia para los que no tenemos responsabilidades da la casualidad que me van a contratar por 4 meses ademas cotize 34 años aunque esto me parece que no cuenta muchas gracias
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#133793
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 9
tucapital.es escribió:
Algunos dicen que 1 mes y otros 12 meses.

Acude a SEPE y pide información.

A ver qué te dicen.

Salu2.

Amelia:
Hola estoy cobrando el subsidio por mayores de 52 años ahora voy a recibir una herencia en este mes, que debo hacer cuanto tiempo me retienen el paro?( Muchas gracias)


Voy a intentar aclarar el tema de la suspensión de 12 meses. Espero que lo lean los moderadores.

Cuando uno está cobrando un subsidio y pierde el requisito de carencia de rentas individuales y/o el de responsabilidades familiares (en caso de que sea necesario para su subsidio en concreto), el subsidio se suspende, en un principio, indefinidamente.

Se le manda una carta al interesado diciendo que el subsidio se suspende desde tal fecha y bla bla bla.

En el último párrafo de esa carta, en aplicación del art. 219.2 de la ley de la Seguridad Social, se informa al usuario de que el subsidio estará suspendido un máximo de 12 meses, tras los cuales el derecho se extinguirá.

Esto quiere decir lo que exactamente dice... El subsidio se suspende como mínimo un mes, y como máximo 12 meses, tras los cuales, adiós muy buenas. El interesado, a partir del mes de la obtención de la renta, debe intentar, mediante solicitud expresa, reanudar su subsidio.

Evidentemente, todo depende del tipo de ingreso que hace que pierda requisitos en un momento dado. Algún ejemplo.

-Herencia (o cualquier otro tipo de pago único) - La renta solo se imputa al mes en que se recibe, a partir del mes siguiente solo se imputan rendimientos presuntos. Así que si uno recibe una herencia de 12000 euros el 10 de noviembre, entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre se entiende que hay un ingreso de 12000 euros entre 12 meses = 1000 euros, que supera el límite de 483€. A partir del 10 de diciembre, tiene toda la libertad para solicitar la reanudación.
-Pensión viudedad - Si a un solicitante le reconocen una pensión de 500€, el subsidio se suspenderá, como antes, indefinidamente. Se podrá intentar reanudar las veces que se quiera, pero lógicamente, ese ingreso mensual permanece, así que siempre se lo van a denegar. Al cabo de un año de la suspensión, el subsidio se extingue porque no ha podido ser reanudado durante ese periodo. Es así de sencillo.
-Nómina del cónyuge - El cónyuge encuentra un trabajo cuya retribución hace que la familia supere los límites. Si dentro del año siguiente a ponerse a trabajar el cónyuge, las rentas vuelven a estar por debajo de los límites, pues se solicita la reanudación y aquí paz y después gloria.

Es decir, dentro de los 12 meses siguientes a que suceda el hecho que hace que tengamos que suspender el subsidio, tienen que pasar 2 cosas:

a) Que recupere el o los requisitos que se perdieron en su momento
b) Que yo solicite expresamente reanudar mi subsidio

Si al cabo de 12 meses del hecho que hace que tenga que suspender mi subsidio no pasan estas 2 cosas, éste se extinguirá (se muere sin posibilidad de reanudarlo)

Por tanto, ya veis que las suspensiones de 12 meses son del todo inverosímiles, pues transcurrido ese tiempo el derecho se muere.

Os dejo el artículo 219.2 de la Ley General de la Seguridad Social:

"Asimismo el subsidio se suspenderá por la obtención, por tiempo inferior a doce meses, de rentas superiores a las establecidas en el artículo 215, apartados 1.1, 2, 3 y 4 y 3 de esta Ley, y por dejar de reunir por tiempo inferior a doce meses el requisito de responsabilidades familiares previsto en los apartados 2 y 3 del mismo artículo, cuando hubiese sido necesario para el reconocimiento del derecho. Tras dicha suspensión, el trabajador podrá reanudar la percepción del subsidio siempre que acredite el requisito de carencia de rentas y, en su caso, el de responsabilidades familiares, en los términos establecidos en el artículo 215.3.1 de esta Ley.

En el caso de que la obtención de rentas o la inexistencia de responsabilidades familiares, recogidas en el párrafo anterior, se mantenga por tiempo igual o superior a doce meses, se extinguirá el subsidio. Tras dicha extinción, el trabajador sólo podrá obtener el reconocimiento de un derecho al subsidio si vuelve a encontrarse de nuevo en alguna de las situaciones previstas en el apartado 1.1, 2, 3 y 4 del artículo 215 de esta Ley y reúne los requisitos exigidos."
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Última edición: 21/11/2014 16:18 por Fignon.
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#133794
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 5 Meses Karma: 9
tucapital.es escribió:
Eso es lo que nos comentó una persona que trabaja en el SEPE.

Pero ya lo dudo, porque ya hay varias personas que dicen que en el SEPE le han dicho lo contrario.

Salu2.

jimena:
buenas tardes ayer estuve en las oficinas de collado villava y consulte si para recibir el subsidio de 55 sin responsabilidades te valdria con tres meses y la señorita tenia dudas y se lo consulto a otra y dijo que serian 6 es asi tenia entendido que son 6 para otros subsidios pero para el de 55 creia que con 3 valia para los que no tenemos responsabilidades da la casualidad que me van a contratar por 4 meses ademas cotize 34 años aunque esto me parece que no cuenta muchas gracias


Las personas que dicen eso y que trabajan en el SEPE, que las habrá a cientos, no me cabe duda, desconocen la norma y punto. No puedo estar repitiendo lo mismo siempre, simplemente afirmo y garantizo que 3 meses de trabajo son suficientes (siempre que el trabajo se dé por bueno y no por "chanchullo", para que nos entendamos). He dado hasta la fundamentación jurídica del asunto; el que quiera que busque mis posts...

Al que le digan que 3 meses no son suficientes (cosa que, repito, no pongo en duda), que presente solicitud igualmente. Si se le deniega porque 3 meses no son suficientes, que ponga una reclamación, la cual ganará con toda seguridad, pues aunque hay muchísimos auxiliares administrativos que no se conocen toda la inabarcable norma al dedillo, los abogados del Sepe sí la conocerán.
Fignon
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