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Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
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#139914
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por maria victoria:

hola mi situacion es la siguiente:divorciada desde 2008 he agotado el paro y ahora estoy solicitando la ayuda familiar,resulta que mi exmarido se encuentra en la misma situacion que yo y dice que tambien va a solicitar la ayuda familiar.la guardia y custodia la tengo yo de un hijo menor que tenemos en total el se lleva al niño 6 dias al mes(2 fines de semana)entonces mi pregunta es la siguiente :a quien le concederian la yuda familiar?
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#139915
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

maria victoria:
Creo que lo oportuno y prudente es ponerte en contacto con un abogado especializado en esas cuestiones: la guardia legal y custodia exceden del ámbito de este hilo y además, opino, es un tema la suficientemente "sensible" (hay menores) como para "usarlo" en solicitudes de subsidios o ayudas. Es simplemente mi opinión y por eso la doy como tal. Saludos.
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#140071
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por luis rodrigo:

buenas tardes. ho fui a solicitar la pension y me dicen que me descuenta un 24 por ciento poues tengo tengo 61 años y 7 meses y cotizados 41 años y 5 meses perdi el trabajo el 13 marzo 2013 esta bien el tanto por ciento que me descuentan? o deberia ser 6% por año y 3% por los dos trimestres un total de 21% por 3 años y 2 trimestres. al ser la ley anterior no tengo derecho a trimestres como me dijeron ellos-
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#140076
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 9 Años Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

luis Rodrigo:
Es correcto pues con la ley antigua se toman años completos sin equiparar a un año la fracción del mismo. En la ley nueva si se contemplan los trimestres. Lo que no entiendo es por qué has esperado 7 meses para solicitar la jubilación (has "perdido" 7 meses de pensión)
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#141561
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por PEPE:

Cumplo 63 años el 29 de Mayo, me han comunicado en la empresa que me despiden en el mes de Julio. Tengo derecho a 8 meses de paro, es decir el febrero del 2016 terminaría de cobrarlo, en esa fecha tendría 63 años y 9 meses.
PREGUNTAS:
1ª.- Me prejubilarían forzosamente después de cobras el paro ó podría pedir el subsidio después del cobrarlo, hasta mi edad legal de jubilación, 65 años y 5 mese?, ya que cumplo los requisitos para solicitarlo.
2ª.- Cuanto años para el calculo de la base reguladora 20 (según la tabla) ó puedo pedir hasta los 25 años?
GRACIAS DE ANTEMANO
SALU2
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#141645
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

PEPE:
1)Si cuando termines "el paro" tienes edad la solicitar la Jubilación Voluntaria (2 años antes de la edad legal)y haber cotizado al menos 35 años, aún cunado cumplas el resto de requisitos NO te concederán el Subsidio + 55 años. Si no tienes cotizados esos 35 años SI te lo concederán (si cumples los requisitos)
2) Lo más eficaz es utilizar el programa de autocálculo de la pensión de la SS (está en la web de la SS)pues depende de varios factores. El programa una vez introduzcas tus datos te informará la opción mas ventajosa.

PEPE:
Cumplo 63 años el 29 de Mayo, me han comunicado en la empresa que me despiden en el mes de Julio. Tengo derecho a 8 meses de paro, es decir el febrero del 2016 terminaría de cobrarlo, en esa fecha tendría 63 años y 9 meses.
PREGUNTAS:
1ª.- Me prejubilarían forzosamente después de cobras el paro ó podría pedir el subsidio después del cobrarlo, hasta mi edad legal de jubilación, 65 años y 5 mese?, ya que cumplo los requisitos para solicitarlo.
2ª.- Cuanto años para el calculo de la base reguladora 20 (según la tabla) ó puedo pedir hasta los 25 años?
GRACIAS DE ANTEMANO
SALU2
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#143839
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por IGNACIO ARRIBAS ARNANZ:

Un saludo y gracias anticipadas.
Yo me metí en la sede electrónica y auto calculo de Jubilación de la Seguridad Social, Régimen Especial de Autónomos desde casi siempre.
Nací el 19-2-1956 a fecha de julio de 2014 tenía cotizados 30 años, 5 meses y 18 días.
Días Totales en Alta 11.126 días hasta tal fecha.
Número de la Seguridad Social 400011236875, como digo, me metí varias veces en auto cálculo de Jubilación y me da con los mismos datos, diferentes días y meses para poderme jubilar.
Me podrían decir el día y el mes exacto que me corresponde?
Ya sé como autónomo tengo que pagar el mes completo el año 2021.
También quiero saber si al final del auto calculo de jubilación en los datos finales de las cuentas y si quisiera jubilarme con 63 años estaría en la cuenta de la totalidad, el descuento del coeficiente del 2% por trimestres, cuando se acredite un periodo de cotización inferior a 38 años y seis meses, objeto de reducción , como Jubilación anticipada voluntaria año 2019, está descontado o no; o es cuenta aparte al margen.
Hay posibilidades de que un autónomo se pueda jubilar con 61 años, porque el trabajo no funciona o no cubre gastos?
Piden muchos datos, es complicado y difícil?, soy un vendedor ambulante autónomo.
Sinceramente, agradecido por su tiempo y la ayuda que me dan, disfruten de la vida.
Ignacio
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#143842
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 10 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

El procedimiento es el siguiente:
1- Edad Legal/Ordinaria de Jubilación. Dado que hay un régimen transitorio depende de los años cotizados y del año concreto. Tu caso: edad 66 años y dos meses (menos de 37 años y 6 meses cotizados), es decir: 19/04/2022
2.- Edad Jubilación Anticipada: 2 años antes de la edad legal (es decir el 19/04/2020) pero OJO teniendo al menos 35 años cotizados. OJO: Además el cálculo de la pensión debe ser superior a la pensión mínima (es decir, no se pueden aplicar el complemento a mínimos). Por ser tu último periodo de cotización del RETA (autónomos) NO puedes acceder a la jubilación anticipada "forzosa" (4 años antes). Ten en cuenta que tienes los coeficientes reductores que se indican en el artículo.
3.- El programa de autocálculo de la pensión de la SS (está en su web) si introduces bien y cuidadosamente los datos de tu vida laboral y las bases de cotización correspondientes funciona perfectamente (hay algún detalle como el de "cotizaciones a la sombra" que no los contempla, pero no son de aplicación en tu caso)
4.- No olvides que el programa te da la primera fecha de jubilación, ya que ésta NUNCA es obligatoria y puedes seguir en activo hasta tu propia voluntad.

IGNACIO ARRIBAS ARNANZ:
Un saludo y gracias anticipadas.
Yo me metí en la sede electrónica y auto calculo de Jubilación de la Seguridad Social, Régimen Especial de Autónomos desde casi siempre.
Nací el 19-2-1956 a fecha de julio de 2014 tenía cotizados 30 años, 5 meses y 18 días.
Días Totales en Alta 11.126 días hasta tal fecha.
Número de la Seguridad Social 400011236875, como digo, me metí varias veces en auto cálculo de Jubilación y me da con los mismos datos, diferentes días y meses para poderme jubilar.
Me podrían decir el día y el mes exacto que me corresponde?
Ya sé como autónomo tengo que pagar el mes completo el año 2021.
También quiero saber si al final del auto calculo de jubilación en los datos finales de las cuentas y si quisiera jubilarme con 63 años estaría en la cuenta de la totalidad, el descuento del coeficiente del 2% por trimestres, cuando se acredite un periodo de cotización inferior a 38 años y seis meses, objeto de reducción , como Jubilación anticipada voluntaria año 2019, está descontado o no; o es cuenta aparte al margen.
Hay posibilidades de que un autónomo se pueda jubilar con 61 años, porque el trabajo no funciona o no cubre gastos?
Piden muchos datos, es complicado y difícil?, soy un vendedor ambulante autónomo.
Sinceramente, agradecido por su tiempo y la ayuda que me dan, disfruten de la vida.
Ignacio
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