Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
(1 viendo) (1) Invitado
Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
AbajoPágina: 1...230231232233234235236...271
TEMA: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones
**
#149261
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por José A.:

Les sugiero comprueben los coeficientes reductores por jubilación anticipada a voluntad del interesado, concretamente el que va de 41,5 hasta 44,5 años cotizados. Según me consta es el 1,75% trimestral. Vds. indican el 1,70%.
Espero no haberles hecho desperdiciar su valioso tiempo.
Atentamente.
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149265
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 60
Tiene usted toda la razón!!

José A.:
Les sugiero comprueben los coeficientes reductores por jubilación anticipada a voluntad del interesado, concretamente el que va de 41,5 hasta 44,5 años cotizados. Según me consta es el 1,75% trimestral. Vds. indican el 1,70%.
Espero no haberles hecho desperdiciar su valioso tiempo.
Atentamente.
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149653
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por José:

Tengo 59 años y tengo convenio firmado con la empresa antes de enero de 2013 para jubilación parcial con contrato de relevo a los 60 años y dicho convenio presentado en la Seguridad Social antes de abril de 2013.
Ahora me dicen que no puedo jubilarme a los 60 años y tengo que jubilarme a los 61.
El resto de requisitos los cumplo todos.
¿ A qué años puedo jubilarme?
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149683
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por paloma morales:

Hola, En la carta de despido, la empresa alega falta de rendimiento.¿ se considera dicho motivo com despido objetivo?

Muchas gracias
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149690
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 60
Las condiciones para las jubilaciones anticipadas se han cambiado por la reforma.

Si fueras mutialista podrías seguir jubilándote a los 60, en caso contrario, te afecta el retraso de años de jubilación.

Salu2.


Si tienen la condición de "mutualistas", 60 años de edad real.
Si no tienen la condición de mutualistas, la exigencia de este requisito de edad se aplicará de forma gradual, desde el año 2013 al 2027, en función de los períodos cotizados:


<img src="/wp-files/2015/cotizaciones.jpg" width="550px]

José:
Tengo 59 años y tengo convenio firmado con la empresa antes de enero de 2013 para jubilación parcial con contrato de relevo a los 60 años y dicho convenio presentado en la Seguridad Social antes de abril de 2013.
Ahora me dicen que no puedo jubilarme a los 60 años y tengo que jubilarme a los 61.
El resto de requisitos los cumplo todos.
¿ A qué años puedo jubilarme?
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149691
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 60
No, sería despido disciplinario; nunca objetivo.

Es un despido por falta muy grave del trabajador.

Puedes recurrir y la empresa ha de probar que eso es así.

Salu2.

paloma morales:
Hola, En la carta de despido, la empresa alega falta de rendimiento.¿ se considera dicho motivo com despido objetivo?

Muchas gracias
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149692
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 60
Los despidos disciplinarios pueden ser:


Procedente:

Cuando las causas alegadas por el empresario han quedado demostradas, en este caso el trabajador no tendrá derecho a indemnización.

Improcedente:

Cuando no queda acreditada la causa alegada por el empresario, o no se han cumplido los requisitos formales exigidos para el despido.

En este caso el empresario elegirá entre una de estas dos opciones: :

la readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación (son los salarios que el trabajador dejó de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la sentencia)

el abono de una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

paloma morales:
Hola, En la carta de despido, la empresa alega falta de rendimiento.¿ se considera dicho motivo com despido objetivo?

Muchas gracias
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#149734
RE: Nueva ley de pensiones: Jubilaciones anticipadas o Prejubilaciones hace 8 Años, 5 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Manuel Gil Solana:

Hola!
Mi nombre es Manuel, tengo 63 años y 3 meses.
En España, tengo cotizados 17 años más la mili y los últimos cotizados són 16 en Andorra.
Me jubilan por enfermedad con el 65%, ¿Que base reguladora tengo que utilizar para saber la pensión que me correspondería por España? los 15 últimos años al haber convenio entre los dos países
Un saludo y muchas gracias
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1...230231232233234235236...271