Tengo 61 años y estoy cobrando el subsidio de desempleo. En el proximo mes de Noviembre voy a recibir una herencia por las siguientes cantidades:
En efectivo 7.800 €. ¿Se considera renta y debo dividirla entre 12 meses?
Acciones en un fondo de inversion valoradas en 29.000 €. ¿Se considera patrimonio y tengo que computar por el rendimiento presunto por el 50% del interes legal (4%) y dividir la cantidad entre 12 meses?.
Como la cantidad mensual supera 481,05 €, me suspenderan el subsidio.
¿Puedo solicitarlo cuando haya transcurrido un mes de la suspension?
Estoy de alta en en regimen especial agrario. ¿durante la suspension del subsidio me mantendran la cotizacion?.
Espero su respuesta.
Saludos
Ana Maria