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Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo
#163400
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Francisco:

Me mandan una carta certificada que dicen que me quitan un mes de subsidio de desempleo por un requerimiento que ami nunca me llego como pueden hacer esto usted puede enterder que cobrando y con estos ingresos vas a dejar de ir a un requerimiento sabiendo que te van a quitar la alluda por favor que puedo hacer gracias
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#163446
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 60
Puedes intentar alegar en SEPE que nunca has recibido el requerimiento.

Salu2.

Francisco:
Me mandan una carta certificada que dicen que me quitan un mes de subsidio de desempleo por un requerimiento que ami nunca me llego como pueden hacer esto usted puede enterder que cobrando y con estos ingresos vas a dejar de ir a un requerimiento sabiendo que te van a quitar la alluda por favor que puedo hacer gracias
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#163460
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por andreea:

hola jna consulta estaba cobrando el subsidio y estaba trabajando a jornada reducida todo bien hasta ahora pero el 1de julio 2016 me ampliaron el contratoa jornada completa pero no e comunicado a sepe porque no sabia que hay que hacerlo y me habian ingresado el subsidio en elmes de agosto.por falta de tiempo he hido a comunicarlo el mes de septiembre que me quede otra vez sin trabajo que fue algo temporal y me habian reducido la rornada de antes de 4 horas semanales y hasta ahora no he recibido nada me habian dicho que seguramente tengo que devolver el dinero y que no pueda pedir otra prestacion. que puede haber sucedido que puedo solicitar ahora gracias
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#163487
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 60
Tienes que comunicar los cambios de tu situación laboral, sobre las que afecta al cobro de subsidio, porque en caso contrario se considera una infracción muy grave.

Posiblemente te toque devolver lo cobrado indebidamente.

Debes de regularizar tu situación en SEPE.

Salu2.

andreea:
hola jna consulta estaba cobrando el subsidio y estaba trabajando a jornada reducida todo bien hasta ahora pero el 1de julio 2016 me ampliaron el contratoa jornada completa pero no e comunicado a sepe porque no sabia que hay que hacerlo y me habian ingresado el subsidio en elmes de agosto.por falta de tiempo he hido a comunicarlo el mes de septiembre que me quede otra vez sin trabajo que fue algo temporal y me habian reducido la rornada de antes de 4 horas semanales y hasta ahora no he recibido nada me habian dicho que seguramente tengo que devolver el dinero y que no pueda pedir otra prestacion. que puede haber sucedido que puedo solicitar ahora gracias
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#163522
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por nito:

Hola. Tengo una pregunta. El día 7 empecé a trabajar en turno de noche. Me lo ofrecieron por la tarde. Estoy cobrando el paro. Hoy intente ponerme en contacto con el SEPE para comunicar mi situación pero no he podido. Y no sé la verdad si ya es tarde para evitar una sanción que acarrea la pérdida de la prestación acumulada. ¿Qué plazo tengo para comunicarlo? Gracias por su tiempo.
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#163567
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 60
SEPE suele dar 15 días de plazo.

Normalmente, cuando te dan de alta en una empresa, SEPE se entera y te dan de baja automáticamente.

Pero tampoco viene mal que lo comunique.

Pide cita previa y ya no sigue contando los días que pase para el plazo.

Salu2.

nito:
Hola. Tengo una pregunta. El día 7 empecé a trabajar en turno de noche. Me lo ofrecieron por la tarde. Estoy cobrando el paro. Hoy intente ponerme en contacto con el SEPE para comunicar mi situación pero no he podido. Y no sé la verdad si ya es tarde para evitar una sanción que acarrea la pérdida de la prestación acumulada. ¿Qué plazo tengo para comunicarlo? Gracias por su tiempo.
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#163630
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Elizabeth:

Hola,
He recibido una carta conforme me extinguen el subsidio por desempleo por no avisar que me pasaba del 75% mensual. No sabía que tenía que avisar....entregaba trimestralmente los certificados de empresa y entenía que con ella ya estába resuleto.
Ahora que puedo alegar para pedir suspención de la prestación y no extinción. Qué argumentos son válidos en las alegaciones ?? gracias...Alguien tuvo alguna resolución favorable ??

Antonio:
Buenos días. Os informo de lo que me parece que es una imprecisión muy importante en la información que ofrece esta página. Lo he descubierto porque por desgracia me afecta. Ojala sea yo el equivocado. Veamos.
Leo mas arriba lo siguiente: "Las infracciones graves se sancionarán conforme a la siguiente escala:

1ª Infracción: Pérdida de 3 meses de prestaciones.
2ª Infracción: Pérdida de 6 meses de prestaciones.
3ª Infracción: Extinción de prestaciones.
Nota: Se aplicará esta escala a partir de la primera infracción y cuando entre la comisión de una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días."

Sin embargo lo que dice el número 1b del art. 47 del Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (5/2000, de 4 de agosto) es :
"b) Las graves tipificadas en el artículo 25 con pérdida de la prestación o pensión durante un período de tres meses, salvo las de sus números 2 y 3, respectivamente, en las prestaciones por incapacidad temporal y en las prestaciones y subsidios por desempleo, así como en la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, en las que la sanción será de extinción de la prestación."
¿Y que dicen los números 2 y 3 del citado art. 25, para que se sancionen estas infraciones graves igual que si fuesen muy graves? : "2. No comparecer, salvo causa justificada, a los reconocimientos médicos ordenados por las entidades gestoras o colaboradoras, en los supuestos así establecidos, así como no presentar ante las mismas los antecedentes, justificantes o datos que no obren en la entidad, cuando a ello sean requeridos y afecten al derecho a la continuidad en la percepción de la prestación.

3. No comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones determinantes de la suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a su percepción cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación, siempre que la conducta no esté tipificada como infracción leve en el artículo 24.4.b) de esta ley."

Entiendo que la informacion que ofreceis en esta pagina en cuanto a las sanciones que corresponden a las infraccines graves, no es correcta, ya que solo corresponden a las infraciones graves descritas en los puntos 1 y 4, pero no a las infracciones graves descritas en los puntos 2 y 3 del art 25 de la "remendada" ley (Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (5/2000, de 4 de agosto)
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#163654
RE: Infracciones y sanciones de los subsidios y prestaciones de desempleo hace 7 Años, 3 Meses Karma: 60
Es obligatorio avisar, si no avisas, la ayuda se extingue si te pilla como es este caso.

Que no supieras que tenías que avisar, no es excusa.

Podrías intentar alegar diciendo que estabas entregando los certificados de la empresa y que eso pensabas que era suficiente...

NO se me ocurre otra cosa.

Salu2.

Elizabeth:
Hola,
He recibido una carta conforme me extinguen el subsidio por desempleo por no avisar que me pasaba del 75% mensual. No sabía que tenía que avisar....entregaba trimestralmente los certificados de empresa y entenía que con ella ya estába resuleto.
Ahora que puedo alegar para pedir suspención de la prestación y no extinción. Qué argumentos son válidos en las alegaciones ?? gracias...Alguien tuvo alguna resolución favorable ??
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