Comentario enviado por miguel ballber rosado:
Tengo reconocida la PNC; aunque aún no sé cuando voy a empezar a cobrarla; se me acaba de terminar la R.I.A. (Renta de Inserción Activa); tengo reconocida una minusvalía del 67% (psíquica, que no intelectual).
Además, tengo una deuda con la UAB de 800€ y, a pesar de que dicha discapacidad del 67%, me faculta para cursar estudios universitarios gratuitos, no se me quiere conceder el traslado del expediente académico, para iniciar estudios en la UPC.
¿Cuál es el complemento por minusvalía > 65% que me corresponde, además de la PNC?
Sé que la Administración está obligada legalmente, a pagarme la PNC lo antes posible, desde que deje de cobrar la RIA; ya que si no, yo estaría en estado de penuria económica. Sé, asimismo, que existen precedentes legales (he hecho "los deberes")y que puedo demandar a la Administración, además de exigirle intereses de demora, si no se me abona a tiempo la PNC.
Mi pregunta ("inocente") es: ¿Será necesario llegar a este extremo legal, o voy a cobrar a tiempo la PNC, que me pertenece por ley, y que ya tengo aprobada?
Aviso que, si a partir del 1 de septiembre del presente, aún no he cobrado la PNC, emprenderé acciones legales contra la Administración, para poder percibir la PNC, que me corresponde legalmente.
Atentamente:
Miguel Ballber Rosado