Comentario enviado por Luis Miguel:
Trabajo en Túnez, no cotizo en Túnez, no estoy de residente, pero trabajo en este país más de 250 días por año, mi empresa el año pasado metió la compensación de trabajos en el extranjero dentro de IRPF de España, en la nómina aparece ISP, que es compensación económica por trabajos en extranjero, por lo cual gravan el IRPF, no gravan SS y demás. Mi pregunta es: en años anteriores estas compensaciones estaban exentas según la empresa y así constaba en nómina. El año 2012 la imputaron con IRPF. Puedo este año desgravar por trabajos en el extranjero, aunque no cotizase en ese país.
Muchas gracias y un saludo,