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Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía
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TEMA: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía
#134443
RE: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
Buenos días.

Sí, puedes solicitarlo si el vehículo está a tu nombre.

Tendrías que ir a tu ayuntamiento a presentar la documentación que puedes ver en el artículo superior.

Llama antes de ir si quieres por si te pidieran algún documento más, ya que es un tema que depende de cada municipio.

Podías haberlo solicitado mucho antes.

Hazlo antes de que acabe el año, o sino te tocará pagar el del 2015!

Salu2

orlando:
hola buenos dias
tengo un grado de discapacidad por enfermedad profesional del 33
y hasta el momento he pagado el impuesto de mi vehiculo, pero ahora solo cobro un salario minimo y queria saber si mi vehiculo bmw 525 del año 1991 le puedo solicitar la excencion de impuestos, y que debo hacer
muchas gracias
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#134503
RE: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Luis Rioja Virues:

¿Existe una sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo del 2 de Diciembre del año 2.008 en la que dice que no se consideran minusválidos a los pensionistas de Seguridad Social con invalidez permanente o absoluta a los efectos del Impuesto de Circulación?
anonimo
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#134504
RE: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
No tenemos constancia, en cualquier caso, al tratarse de un impuesto municipal cada localidad puede imponer sus condiciones para poder acogerse a esa exención.

Conviene revisar la normativa municipal del municipio donde se quiera solicitar a ver qué indica.

Salu2

Luis Rioja Virues:
¿Existe una sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo del 2 de Diciembre del año 2.008 en la que dice que no se consideran minusválidos a los pensionistas de Seguridad Social con invalidez permanente o absoluta a los efectos del Impuesto de Circulación?
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#135917
RE: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por ricardo:

tengo un grado de discapacidad del 35% reconocido desde el dia 10 de abril del 2014.,el periodo de pago del impuesto de circulacion es del 2 de febrero al 17 de abril.,estoy exento de dicho pago.Me han dicho en el ayuntamiento que el pago de este año lo tengo que hacer ,no estoy de acuerdo,necesito opinion de alguien que entienda.,gracias.
anonimo
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#135985
RE: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 4 Meses Karma: 43
Tienes que abonarlo ya que la exención se aplica a partir del año siguiente al que se solicita.

Si lo solicitaste en 2014, te aplicarán la exención y no tendrás que pagarlo a partir del 2015.

Salu2

ricardo:
tengo un grado de discapacidad del 35% reconocido desde el dia 10 de abril del 2014.,el periodo de pago del impuesto de circulacion es del 2 de febrero al 17 de abril.,estoy exento de dicho pago.Me han dicho en el ayuntamiento que el pago de este año lo tengo que hacer ,no estoy de acuerdo,necesito opinion de alguien que entienda.,gracias.
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#136189
Re: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 3 Meses Karma: 0
hola e comprado un vehiculo de importacion con lo cual sea matriculado en españa con nueva matriculacion es decir en trafico aparezco como unico titular y matriculado nuevo, mi duda es que sea matriculado el 30 de dicienbre de 2014 recoji la documentacion en gestoria por la tarde el 31 la adminisytracion no trabajo estado hoy dia 2 con la documentacion requerida y me dicen que ya cuenta la exencion para el año siguiente pero el articulo 8 de esa ordenanza dice:periodo impositivo y devengo, el periodo impositivo coincide con el año natural, SALVO EN EL CASO DE PRIMERA ADQUISICION DE LOS VEHICULOS.EN ESTE CASO EL PERIODO IMPOSITIVO COMENZARA EL DIA EN QUE SE PRODUZCA DICHA ADQUISICION. aver si alguien puede decirme que es lo correcto gracias un saludo.
BILY56
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#136222
Re: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 3 Meses Karma: 43
BILY56 escribió:
hola e comprado un vehiculo de importacion con lo cual sea matriculado en españa con nueva matriculacion es decir en trafico aparezco como unico titular y matriculado nuevo, mi duda es que sea matriculado el 30 de dicienbre de 2014 recoji la documentacion en gestoria por la tarde el 31 la adminisytracion no trabajo estado hoy dia 2 con la documentacion requerida y me dicen que ya cuenta la exencion para el año siguiente pero el articulo 8 de esa ordenanza dice:periodo impositivo y devengo, el periodo impositivo coincide con el año natural, SALVO EN EL CASO DE PRIMERA ADQUISICION DE LOS VEHICULOS.EN ESTE CASO EL PERIODO IMPOSITIVO COMENZARA EL DIA EN QUE SE PRODUZCA DICHA ADQUISICION. aver si alguien puede decirme que es lo correcto gracias un saludo.

Eso es correcto, pero no se refiere a la Exención por minusvalía.

Se refiere a que si matriculas el coche en Mayo, sólo pagas 3 trimestres (te libras de pagar el primer trimestre, porque aún no estaba matriculado)

La exención se aplica a partir del año siguiente al que se solicita.

Si la solicitaste en el Ayuntamiento en el 2014, te lo aplican en el 2015.

Si aún no la has solicitado, este año te roca pagar el impuesto completo del 2015 y te librarás a partir del 2016 y siguientes..

Esperamos haberte aclarado.

Salu2
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#136253
Re: Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía hace 9 Años, 3 Meses Karma: 0
Buenas y Feliz año nuevo a todos.
Una pregunta que tengo???
Cuanto tarda en responder el ayuntamiento o el patronato ?
Soy de Andalucia.
Por que pedí hace dos meses el exento del vehículo atracción mecánica para este año y no me han contestado todavia.
Tenéis alguna idea cuanto tarda en responder.
Gracias
Saludos
Annamar
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