Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Indemnizacion compañia contraria
(1 viendo) (1) Invitado
Foro de coches: Resolución de cuestiones sobre la compra venta alquiler de coches, financiación, garantías y reclamaciones, seguros, problemas técnicos habituales.
AbajoPágina: 1
TEMA: Indemnizacion compañia contraria
#51326
Indemnizacion compañia contraria hace 12 Años, 4 Meses Karma: 0
hola Mi situación es la siguiente.

Sufrí un accidente hace aproximadamente un mes, en el cual no tuve la culpa ya que me dieron por detrás. El coche esta en el taller reparándose. Llevo de baja desde el 12 de noviembre. En el momento del accidente no sentí dolor pero cada vez que pasaban las horas me dolía la espalda por lo que decidí ir al medico.

Es la primera vez que tengo un accidente de tráfico (espero que el último también) y no se muy bien como va el tema de las indemnizaciones. No he denunciado nada, lo he dejado en manos de las compañías. Se que entre ellas existe convenios para pagar menos a la hora de las indemnizaciones pero no quería meterme en papeleos.

Me llamo la compañía contraria para ser visto, supongo que por un médico suyo. Que me van a decir? me van a hacer una oferta de indemnización? estoy obligado a aceptarla si yo todavía estoy de baja? supongo que la oferta que me hagan sera por los días que llevo hasta hoy y no por los demás días si sigo de baja, lo que supondría menos dinero. Estoy obligado a firmar algo? Entiendo que ese médico no me puede dar de alta verdad?

un saludo espero vuestras respustas. GRACIAS
Alberto7
Alberto7
Mensajes: 3
graphgraph
Puntos: 70
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#51327
Re: Indemnizacion compañia contraria hace 12 Años, 4 Meses Karma: 43
Hola.


No te preocupes. Ese médico al cual tienes que acudir, indicado por la compañía, es el que llevará la evolución de tus lesiones y te hará el seguimiento (aparte de a los que tú acudas por tu cuenta, Seguridad Social o privados..)

Ese médico será el que determinará, una vez que te recuperes totalmente, el número total de días que has estado de Baja, y dictaminará a la compañía si éstos han sido Días de Baja Impeditiva o No impeditiva.

Puedes ver más sobre este tema en:

Seguros de coche e indemnización por siniestro o accidente.

Así que hasta que no te recuperes, no te van a hacer una oferta de indemnización. Una vez que estés bien, y la compañía te diga la cuantía a indemnizar, podrás revisar si estás de acuerdo o no, y en función de eso, acpetarla y cobrarla, o sino negociar o sino reclamar..

Pero para eso aún falta.

Así que de momento acude al médico que te han indicado y se irá resolviendo todo poco a poco.

Esperamos que te recuperes cuanto antes.

Mucho ánimo y salu2!
PreguntasFrecuentes
PreguntasFrecuentes
Mensajes: 8204
graphgraph
Puntos: 11260
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#52317
indeminizacion aceptarla o no hace 12 Años, 4 Meses Karma: 0
Hola. Anteriormente escribi un mensaje nuevo explicando mi situación. Lo resumo brevemente: sufrí un accidente, a causa del cual me encuentro de bajo, llevo aproximadamente 45 días y me llamo la compañía contraria para que pasara consulta por un médico tuyo.

Mi pregunta es la siguiente: si yo estoy 45 días de baja, me correspondería por cada día 55 Euros, es decir, 2475Euros. Si una vez que me de, de alta, y la otra compañía me llame para ofrecerme cierta cantidad de dinero, supongo que sera muy inferior a la que realmente me corresponde. Estoy obligado a aceptarla? en caso de no estar de acuerdo, que pasos debería seguir? contratar un abogado particular y denunciar? a parte del dinero por cada dia de baja impeditiva, me corresponderia alguna cantidad fijada mas?

Un saludo y gracias
Alberto7
Alberto7
Mensajes: 3
graphgraph
Puntos: 70
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1