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declaración renta 2015
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Foro fiscal: declaraciones de la renta, guía fiscal, problemas con hacienda, tramites fiscales.
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TEMA: declaración renta 2015
#156626
declaración renta 2015 hace 8 Años, 7 Meses Karma: 0
Hola, tengo una duda respecto al borrador de este año.

Mi situación es que debo hacer la declaración, estoy divorciada con la custodia total de dos menores y el padre no pasa la pensión alimentaria.

A través de RentaWeb solicité el borrador, y me dieron dos opciones: como individual y conjunta!,

si no tengo pareja porqué se da esta opción?

Me sale a devolver en los dos casos, pero si la hago conjunta¿? me devuelven más, ¿cómo se explica?

Gracias
Airungaal
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#156689
Re: declaración renta 2015 hace 8 Años, 7 Meses Karma: 60
Puedes hacer conjunta con los hijos con custodia.

Lógicamente, la conjunta es la opción que te favorece más.

Salu2.
tucapital.es
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#156696
Re: declaración renta 2015 hace 8 Años, 7 Meses Karma: 0
Hola de nuevo,

claro yo también he pensado en coger la conjunta,

¿pero cómo se entiende que se pueda hacer si ya no tengo nada con ese señor?

¿Puedo tener problemas posteriormente, dado que ya no hay unión? ¿es correcto? A problemas me refiero que hacienda me pueda reclamar algo?

Si alguien pudiera aclarar mis dudas, muchas gracias,
Airungaal
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#156700
Re: declaración renta 2015 hace 8 Años, 7 Meses Karma: 60
La conjunta no lo hace con tu ex, sino con tus hijos.

Respuesta de aeat a este respecto:




¿Cuándo procede presentar declaración por tributación conjunta?

Con carácter general, la declaración del IRPF se presenta de forma individual. No obstante, las personas integradas en una unidad familiar pue­den optar, si así lo desean, por declarar de forma conjunta, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto.

A efectos del IRPF, existen dos modalidades de unidad familiar:

1. En caso de matrimonio:

Es unidad familiar la integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere:

Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de estos.

Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

Recuerde: la mayoría de edad se alcanza al cumplir los 18 años.

2. En ausencia de matrimonio o en los casos de separación legal:

Es unidad familiar la formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior.

De la regulación legal de las modalidades de unidad familiar, pueden extraerse las siguientes conclusiones:

Cualquier otra agrupación familiar, distinta de las anteriores, no constituye unidad familiar a efectos del IRPF.

Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situa­ción existente el día 31 de diciembre de cada año. Por tanto, si un hijo cumpliera 18 años durante el año, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo. Tampoco formará parte de la unidad familiar el miembro que fallezca durante el período impositivo.


Salu2.
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Última edición: 03/05/2016 09:51 por tucapital.es.
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#156789
Re: declaración renta 2015 hace 8 Años, 7 Meses Karma: 0
sevillano45
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Última edición: 09/05/2016 17:46 por sevillano45.
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