Comentario enviado por lucian:
hola
para cumplir 15 años de trabajo vale y has trabajado en UE :FRACIA,SPAÑA,RUMANIA.ITALIA...pero para cumplir 6 años en el regimo general no vale con todo que el requisito no especifica que son obligatorio en españa ni por el primero ni por el secundo,diferencie es que el secundo te pide 6 años en el regimo general, etunses:
setencia de el tribunalo supremo de 27 de febrero 2003 sala cuarta dici:no es exigible nigun previo de cotizacion a la seguridad española para poder accseder al subsidio que se reconocera cuando se reunan los requisitos del articolo 215.1.3 de la LGSS.
ajora mi duda : ¿ es obligatorio o no estos 6 años de trabajo en el regimo general en españa o vale y has trabajado en ue?
gracias