Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
(1 viendo) (1) Invitado
Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
AbajoPágina: 1...948949950951952953954...1277
TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
**
#132937
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 60
Sí, debes de comunicar todos los ingresos extras que puedas tener, para evitar cualquier sanción o problema.

Salu2.

Juan:
Hola, si se cobran unos intereses puntuales de 700€ y se prorratean a 12 meses, y con este nuevo ingreso no se superan los 483,98€ brutos mensuales, hay obligación de comunicarlo al SEPE? y si fuera así, lo dice en algún sitio?
Gracias.
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#132968
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Eugenia:

Hola,save alguien decirme si trabajando siempre en regimen especial agrario puedo solicitar el subsidio para mayores de 55?
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#132980
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 60
Pero el de ese régimen:

- www.preguntasfrecuentes.net/etiquetas/reass/

Salu2.

Eugenia:
Hola,save alguien decirme si trabajando siempre en regimen especial agrario puedo solicitar el subsidio para mayores de 55?
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#132990
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Eugenia:

Pero yo no vivo en Andalucia, yo vivo en Castilla la Mancha
anonimo
anonimo
Mensajes: 33814
graph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#132993
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 60
Si no eres de Andalucía o Extramadura, entonces estás en el régimen agrario que se integra dentro del régimen general con todos sus derechos y ayudas.

Eugenia:
Pero yo no vivo en Andalucia, yo vivo en Castilla la Mancha
tucapital.es
tucapital.es
Mensajes: 25112
graphgraph
Puntos: 21185
graph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#133005
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 9
tucapital.es escribió:
Según consulta de varios usuarios a SEPE y que nos ha comentado, sí, sí que se puede renunciar al Paro y seguir cobrando el subsidio con las mismas condiciones.

Salu2.

salva:
hola.Si trabajo mas de un año y pierdo el trabajo puedo renunciar al paro y reanudar el subsidio de mayores de 55 años o no es posible? Muchas gracias


Ojo, esto es posible, solo en una serie de supuestos tasados. No es cierto afirmar que un beneficiario del subsidio especial para mayores de 52/55 años que ha generado paro puede renunciar a dicho paro en favor de reanudar (reabrir) el subsidio. Sí es cierto afirmar que en determinados supuestos, se puede optar por reanudar el subsidio dando por perdidas las cotizaciones para paro. Los supuestos, te los pego de una guía de este subsidio:

"a)Generé derecho a paro, pero es un paro a tiempo parcial -> Puedo acogerme a reanudar el subsidio renunciando a lo cotizado.

b)Generé derecho a paro, pero es un paro agrícola eventual, que no da derecho a ningún subsidio posterior -> Puedo acogerme a reanudar el subsidio renunciando a lo cotizado.

c)Generé derecho a paro, pero mi subsidio es por la ley vieja. Quiero decir que cuando me lo concedieron ya tenía 52 años, pero hoy día no tengo 55. Si cuando acabe mi paro y haga el mes de espera, aún no tengo los 55 -> la ley me permite acogerme a reanudar el subsidio (ojo, que este caso se da bastante)

d) Si corté mi subsidio para mayores de 55 para trabajar y al perder el trabajo vuelvo a solicitar, habiendo generado derecho a paro, pero puede deducirse que una vez se acabe este paro, no voy a tener derecho a pedir un nuevo subsidio para mayores de 55 por culpa de no cumplir el requisito de rentas de la unidad familiar, podré escoger reanudar (técnicamente reabrir) el subsidio, renunciando a las cotizaciones que me habrían dado derecho a paro."

Enlace a la guía:

foros.turanking.es/foros/trabajo/100120-...a-mayores-de-55-anos
Fignon
Fignon
Mensajes: 389
graphgraph
Puntos: 1975
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#133006
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 9
Juan escribió:
Comentario enviado por Juan:

La empresa me despide el 13/4/10 y cobro del 23/4/10 al 22/4/12 el paro. Luego me reconocen un periodo del 29/6/12 al 20/11/23 (65 años) de la ayuda por mayor de 52 años y mas de 15 años cotizados.
Ahora me dicen que como yo demandé a la empresa y Fogasa me ha pagado (pequeña parte de la liquidación) y en la sentencia del Juzgado se me ha reconocido el despido improcedente y obligan a la empresa a tenerme de alta hasta hasta el día de la sentencia, el 27/9/10, yo no tenía derecho a empezar a cobrar hasta seis meses mas tarde y entonces no podía acogerme a esta Ley por haber cambiado a los 55 años.
Ahora me encuentro con que tengo que devolver no sé cuánto dinero todavía y que para volver a tener derecho a los 426 € tengo que trabajar mínimo 4 meses a jornada completa y por cuenta ajena.
A ver cómo te comes esto!!
LLevo cobrándolos desde Junio de 2012 y ahora de repente me dicen que se acabó?
Por favor, agradecería algún consejo. Gracias


La realidad supera a la ficción...
Tal y como lo explicas (muy bien, por cierto), parece que la actuación del SEPE ha sido la correcta.

La cuestión no es si Fogasa paga o no. La cuestión es que el juez decreta Salarios de Tramitación, lo cual implica que entre la fecha de extinción del contrato y la que estipula el juez, el trabajador debe permanecer de alta y cotizando por todos los conceptos. Esto, a su vez implica que la fecha de inicio del paro es incorrecta, pues siempre debe ser posterior a la finalización de la cotización. Al desplazarse la fecha inicial del paro, su fecha final también se desplaza en la misma proporción. Por lo que cuentas, eso hace que tu subsidio nazca al amparo del Real Decreto Ley 20/2012, que fija el requisito de edad en 55 años. Es increíble, pero parece todo legal.

Por cierto, y muy importante, aunque parece correcto que no tengas derecho al subsidio por el cambio de ley, si tendrías derecho a un subsidio de 6 meses si no tienes responsabilidades y a uno de 2 años y medio si las tenías en el momento de la finalización del paro. Simplemente hay que asegurar que en el importe que te reclaman, esté descontado el hipotético subsidio de agotamiento del paro (con o sin cargas) al que hubieras tenido derecho con la nueva ley.

Y si fuese el caso de que tuvieses responsabilidades familiares, con un derecho de 2 años y medio por agotamiento de la prestación, y cumpliendo los 55 durante ese periodo (2 años y medio tras la fecha final del paro corregida por el juez) podrías acceder al subsidio especial por la nueva ley. Imagino que si estás en esta situación es porque no tienes responsabilidades familiares y en el SEPE lo han mirado bien. Por si acaso, asegúrate de esto, y en última instancia, de los 6 meses a los que con toda seguridad sí habrías tenido derecho.
Fignon
Fignon
Mensajes: 389
graphgraph
Puntos: 1975
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
Última edición: 07/11/2014 19:49 por Fignon.
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#133007
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 6 Meses Karma: 9
Ser trabajador del (hoy) Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social no es ningún impedimento para acceder a la ayuda para mayores de 55. Ahora bien, si llevas tanto tiempo imagino que tenías contrato indefinido, con lo cual, en caso de querer acceder al subsidio tras agotar el paro, no es problema porque el paro se reconoce al amparo de la ley de la Seguridad Social.

El problema en estos casos es pretender acceder al subsidio (a cualquiera) tras agotar un paro del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social como Trabajador Eventual. Este paro, no está reconocido al amparo de la ley de la seguridad Social, sino al amparo de la ley 45/2002. Tras finalizar un paro agrario eventual, no hay derecho a ningún tipo de subsidio (sí, en su caso, a la RAI o al Prepara)

Eugenia escribió:
Comentario enviado por Eugenia:

Hola,save alguien decirme si trabajando siempre en regimen especial agrario puedo solicitar el subsidio para mayores de 55?
Fignon
Fignon
Mensajes: 389
graphgraph
Puntos: 1975
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
Última edición: 07/11/2014 20:05 por Fignon.
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1...948949950951952953954...1277