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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#140398
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por Ana Giron:

Ana.
Tengo 54 años,hago los 55 dentro de 5 meses
estoy en el paro desde el 2011
He cotizao 4 años al regimen general de la seguridad y los ultimos 7 años Como autonomo.
Tengo derecho a solicitar el subsidio para mayores de 55 años.
Gracias
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#140399
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

Ana:
No cumples el requisito expuesto en el artículo: "Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social. Es decir, tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho."

Ana Giron:
Ana.
Tengo 54 años,hago los 55 dentro de 5 meses
estoy en el paro desde el 2011
He cotizao 4 años al regimen general de la seguridad y los ultimos 7 años Como autonomo.
Tengo derecho a solicitar el subsidio para mayores de 55 años.
Gracias
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#140411
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por luisa:

Voy a pedir el subsidio de 55 años,he oído que me pueden pedir la ultima declaración de renta,pero en lo que mas se fijan es en los ingresos del mes anterior,es cierto.Actualmente dispongo de: 1 cuenta corriente que no me da ningún interés 2.cuenta inversión 20000€ con escasos intereses trimestrales.3.acciones valoradas en 20000€ que me dan 150 euros cada 3 meses de dividendo.En cual de estos productos tengo que declarar el interés legal del dinero y en cual los intereses reales.gracias
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#140420
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

luisa:
Sobre la declaración del IRPF (en puridad rentas del año anterior y NO del mes anterior) puede solicitártela pero en cualquier caso en tu solicitud autorizas al SEPE para que acceda a tus datos fiscales y tributarios.
El "patrimonio" que te rente debes incluir dichas rentas reales. Como no son mensuales se hace el cálculo anual de dichas rentas (intereses) y luego se divide por 12 para que sean "mensuales". El interés del dinero legal (3,5% en 2015) se aplica como renta "presunta" al patrimonio que no rente en realidad (por ejemplo segunda vivienda que no tienes en alquiler y por lo tanto no te produce rentas).

luisa:
Voy a pedir el subsidio de 55 años,he oído que me pueden pedir la ultima declaración de renta,pero en lo que mas se fijan es en los ingresos del mes anterior,es cierto.Actualmente dispongo de: 1 cuenta corriente que no me da ningún interés 2.cuenta inversión 20000€ con escasos intereses trimestrales.3.acciones valoradas en 20000€ que me dan 150 euros cada 3 meses de dividendo.En cual de estos productos tengo que declarar el interés legal del dinero y en cual los intereses reales.gracias
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#140423
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 60
Aunque te imputara el tipo de interés legal del 3,5%, habría que tener más de 150.000 euros para superar las rentas mensuales de 486,45 euros brutos.

Salu2.

luisa:
Voy a pedir el subsidio de 55 años,he oído que me pueden pedir la ultima declaración de renta,pero en lo que mas se fijan es en los ingresos del mes anterior,es cierto.Actualmente dispongo de: 1 cuenta corriente que no me da ningún interés 2.cuenta inversión 20000€ con escasos intereses trimestrales.3.acciones valoradas en 20000€ que me dan 150 euros cada 3 meses de dividendo.En cual de estos productos tengo que declarar el interés legal del dinero y en cual los intereses reales.gracias
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#140436
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 9
Exacto, siempre que hablemos de un inmueble que no está alquilado, pues en ese caso los rendimientos serían bien palpables. Este es el criterio que hay ahora mismo. Hablo de un criterio de Madrid, no de tal oficina o provincia. Por supuesto, esto no implica que pasado mañana haya otro criterio distinto...

Adam escribió:
Entiendo pues que si el titular del inmueble es el conyugue del perceptor-a del subsidio los presuntos rendimientos de ese bién deberian ser imputados en su totalidad al conyugue titular del inmueble y por tanto no a lugar a atribuir el 50% de esos "presuntos rendimientos" al perceptor del subsidio en cuestión, ¿esto es así?


Saludos.
Fignon
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Última edición: 18/03/2015 19:04 por Fignon.
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#140437
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 9
Sinceramente, cuenca, un gran post. Con respecto al último punto, el de acceder al subsidio de 55 por tener cotizaciones insuficientes para paro, y del que muchas veces escribí y siempre quedó la sombra de duda, como si fuese una opinión, reiterar que es INFORMACIÓN que 3 meses cotizados son suficientes para acceder a dicho subsidio a pesar de que se carezca de responsabilidades familiares. Es la única excepción a la máxima que dice que para tener derecho al subsidio, previamente has de tener derecho a otro de los que tú has relatado. Incluso he hecho mi modesta fundamentación jurídica, pero aclaro que no he sido yo el que iluminadamente ha llegado a la conclusión. He leído el criterio del SEPE al respecto, y eso me permite explicar/me el porqué de esta pequeña incongruencia.

Soy tan pesado, no porque quiera llevar la razón, sino porque los moderadores lo ponen en duda constantemente, cuando yo sé de primera mano que lo que digo es cierto, y aunque no en el razonamiento, sí en la conclusión, no hago más que hablar por boca del ministerio:

foros.turanking.es/foros/trabajo/100120-...a-mayores-de-55-anos

"Esto dice el artículo 215.1.3 de la Ley de la Seguridad Social con respecto al subsidio para mayores de 55.

"Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social."

A veces el ministerio hace interpretaciones de la ley un tanto peculiares. Pero en este caso es imposible, porque la propia ley hace una matización muy clara. No habría más remedio que reformar este punto del artículo 215 para exigir a los trabajadores tener responsabilidades familiares con menos de 6 meses trabajados.

La pregunta es: a qué se refiere cuando dice "que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores"? Los apartados anteriores no hacen más que relatar todos los subsidios que existen, y entre ellos, el de cotizaciones insuficientes para paro, que se regula así:

"2. Los parados que, reuniendo los requisitos a que se refiere el apartado 1.1 de este artículo, salvo el relativo al período de espera, se hallen en situación legal de desempleo y no tengan derecho a la prestación contributiva, por no haber cubierto el período mínimo de cotización, siempre que:

a) Hayan cotizado al menos tres meses y tengan responsabilidades familiares.

b) Hayan cotizado al menos seis meses, aunque carezcan de responsabilidades familiares."

Por tanto, este es uno de "los apartados anteriores", y si estás en la situación b) , pero también en la a) "aun cuando no tengan responsabilidades familiares", tienes derecho al subsidio para mayores de 55.
"


cuenca escribió:
Comentario enviado por cuenca:

Jose:
Los requisitos para la concesión del subsidio +55 años son muy estrictos:
•Estar en desempleo.
•Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, , liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos.
•Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes (“el mes de espera”) y no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la inscripción como demandante de empleo.
•Suscribir el Compromiso de Actividad
•Carecer de rentas. Se tienen que cumplir estas dos condiciones:
1.Que el solicitante no tenga rentas de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional,
2.Y que la renta media de su unidad familiar no supere tampoco esa cantidad.
•Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
•Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, es decir, haber cotizado al menos durante 15 años, de los cuales dos deberán haberlo sido dentro de los quince últimos años.

Además de todo lo anterior, el subsidio para mayores de 55 años únicamente se puede pedir cuando además de tener cumplida la edad de 55 años, el solicitante esté o bien percibiendo ya un subsidio (que se transformaría en el de mayores de 55 años), o bien ha generado el derecho a percibir otro subsidio, que al tener la edad requerida, se convierte en el de mayores de 55 años.
Por lo tanto, las situaciones desde las que se puede pasar al subsidio de mayores de 55 años (cumpliendo los anteriores requisitos de edad, cotización, carencia de rentas, etc) son:
•Estar percibiendo o con derecho a percibir subsidio.
•Haber agotado subsidio.
•Haber agotado una prestación por desempleo y no haber percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares.
•Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde tu última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
•Ser liberado/a de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
•Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
•Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene. Esta última opción es la que habitualmente permite pasar al subsidio para mayores de 55 años: si se tiene cónyuge o hijos a su cargo, acumulando 3 meses de cotizaciones se puede acceder al subsidio. Si no se tienen responsabilidades familiares, se necesitan 6 meses de cotización.
NOTA: En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial dicha cuantía se percibirá el subsidio parcializado en proporción a las horas previamente trabajadas

Jose:
Hola, gracias por atenderme tengo algunas dudas:
-Tengo 56 años y he trabajado en dos años: 3 meses y días sueltos en la recolección de la aceituna en Jaén,pero resido en otra comunidad autónoma,puedo pedir el subsidio mayores de 55 años.
-Se considera un trabajo fijo discontinuo.
-Tengo un convenio especial por el que aporto 250€ al mes cómo cuenta esto, se consideraría ingreso y por tanto sumaría como renta.
Fignon
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Última edición: 18/03/2015 19:46 por Fignon.
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#140441
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 9 Años, 1 Mes Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

juan:
Consultada tu duda con un "sabio" reitera que lo único que marca la norma como específico para el Subsidio +55 años son "6 años cotizados por desempleo" en toda la vida laboral". La cotización de 2 años durante los 15 años anteriores es una condición para otro HC (la jubilación)en la que efectivamente no se requiere explícitamente hayan sido cotizados TAMBIÉN para el desempleo. Saludos.

Juan:
Perdona otra vez pero creo que no me has entendido y te agradezco tu atencion pero mi pregunta es en el apartado :Tener cubierto un período mínimo de cotización por jubilación de 15 años, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.No especifica si esos dos últimos años tienen que ser cotizados por desempleo.Me gustaría saber si pueden haber sido cotizados por cuenta propia como autonomo ya que hay no cotizas por desempleo los demas requisitos los cumplo todos.Muchas gracias.
anonimo
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