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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#153648
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por try:

estoy cobrando el subsidio de los 55 años (lo estoy cobrando desde los 52)hemos vendido el piso de mis suegros y mi marido ha percibido 27.000 euros yo creo que 13.500 es mi parte (bienes gananciales)cuanto tiempo tengo para ir al SEPE a decirlo y cuanto tiempo me suspenderan el subsidio, muchas gracias anticipadamente por su respuesta.
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#153703
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 60
Habría que ver si estás cobrando la ayuda antes o después de modificar las condiciones de acceso a esta ayuda, en especial si se tiene en cuenta las rentas de la unidad familiar para el cobro de esta ayuda:

- www.preguntasfrecuentes.net/2013/03/15/e...-mayores-de-55-anos/

Si te afectará, debes de comunicarlo cuanto antes.

Según he leído de otro usuario que contesta en el foro y que dice que trabaja en SEPE, la ayuda se suspende en el mes de cobro y después se puede reanudar.

Pide información en SEPE.

Salu2.

try:
estoy cobrando el subsidio de los 55 años (lo estoy cobrando desde los 52)hemos vendido el piso de mis suegros y mi marido ha percibido 27.000 euros yo creo que 13.500 es mi parte (bienes gananciales)cuanto tiempo tengo para ir al SEPE a decirlo y cuanto tiempo me suspenderan el subsidio, muchas gracias anticipadamente por su respuesta.
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#153733
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por conchi:

según leo estas cobrando el subsidio de52 años, solo tienes que declarar la mitad de las ganancias ( precio de herencia y precio de venta

try:
estoy cobrando el subsidio de los 55 años (lo estoy cobrando desde los 52)hemos vendido el piso de mis suegros y mi marido ha percibido 27.000 euros yo creo que 13.500 es mi parte (bienes gananciales)cuanto tiempo tengo para ir al SEPE a decirlo y cuanto tiempo me suspenderan el subsidio, muchas gracias anticipadamente por su respuesta.
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#153769
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 9
conchi escribió:
Comentario enviado por conchi:

Creo que los 1000€ los tienes que dividir en 12 meses y después sumarle los 250

1000: 12 = 83 + 252 = 333 mensuales

Jesús:
Hola.
Cobrando el subsidio de mayores de 55, soltero, con unos ingresos mensuales constantes de 250 €, si un mes tengo unos ingresos extras de 1000 € de un alquiler, cuantos meses me quitarían el subsidio 1 o 4 no se si podrían ser 4 al dividir 1000 entre 4 más los 250 ingresos constantes que tengo unos ingresos de 500 € al mes que aun me paso.
Gracias


Los alquileres nunca se dividen entre 12 meses (a no ser que estés viendo una declaración de IRPF, claro...), ya que se les da el tratamiento de rendimiento periódico y no de pago único. El ingreso por el alquiler se imputa al día 1 del mes siguiente al que se devenga dicho alquiler, con independencia del día que tú lo ingreses. Ahora bien, si tú acreditas que un determinado mes cobras 1000€ de alquiler, pero que ese dinero fue devengado en 3 mensualidades, los 1000€ se dividen entre 3 meses. Ésta es la regla general de los ingresos periódicos, se dividen entre el nº de meses de devengo.
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Última edición: 19/02/2016 22:28 por Fignon.
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#153770
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 9
try escribió:
Comentario enviado por try:

estoy cobrando el subsidio de los 55 años (lo estoy cobrando desde los 52)hemos vendido el piso de mis suegros y mi marido ha percibido 27.000 euros yo creo que 13.500 es mi parte (bienes gananciales)cuanto tiempo tengo para ir al SEPE a decirlo y cuanto tiempo me suspenderan el subsidio, muchas gracias anticipadamente por su respuesta.



Da igual que estés en gananciales, el ingreso por la venta de un inmueble se imputa exclusivamente al titular del inmueble.

Olvídate del Código Civil y de la Sociedad de Gananciales, porque es fuente inspiradora pero no reguladora de esta cuestión. Esto es derecho laboral y las prestaciones por desempleo tienen su regulación específica. No estás liquidando la sociedad de gananciales, sino que eres beneficiaria de un subsidio. Al que te diga lo contrario, recomiéndale que se lea la norma que ahora te cito...

En materia de gananciales y subsidios por desempleo, es de aplicación el artículo 7.1.b) del Real Decreto 625/1985: www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-8124

"Las rentas se imputarán a su titular cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable, pero las rentas derivadas de la explotación de un bien de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se imputarán por mitad a cada cónyuge."

Vender algo no es explotarlo, sino enajenarlo (el bien "desaparece", no permanece). Explotar un bien requiere que dé un fruto en un determinado periodo, que puede ser más o menos regular. Vender un bien deriva en un ingreso que se denomina pago único, que se prorratea entre 12 meses y que siempre se imputa al titular.

A partir del mes siguiente a la venta, se computa el rendimiento que da ese dinero. Ahí ya estaríamos hablando de la explotación de un bien, porque el dinero es un bien mueble y si lo metes en el banco y te da unos intereses, entonces sí estamos en el supuesto que marca el artículo 7.1.b) La mitad del fruto de ese dinero se te imputa a ti, aunque en el caso concreto que nos ocupa, normalmente no va a suponer ningún problema para ti.
Fignon
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Última edición: 20/02/2016 03:32 por Fignon.
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#153794
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por henry tibabisco:

tengo 62 años de edad,he cotizado 14 años a la seguridad social,tengo mi jubilación de Colombia de 400euros
tengo derecho a la jubilación en España?
cordial,saludo
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#153840
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 60
Para tener derecho a la jubilación en España hay que cotizar 15 años.

España y Colombia hay convenio bilateral, vete a la Seguridad Social y consultalo.

Salu2.

henry tibabisco:
tengo 62 años de edad,he cotizado 14 años a la seguridad social,tengo mi jubilación de Colombia de 400euros
tengo derecho a la jubilación en España?
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#153978
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 8 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Pedro:

Hola el 3/3/2016 cumplo el año para entregar la declaración de renta del subsidio>de 55 años.Te envían alguna comunicación recordándotelo o hay q pedir cita?

Gracias.
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