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Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
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#157137
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por chema:

Hola de nuevo me contesta que la vivienda habitual no genera renta y el? garaje ¿
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#157203
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 60
Se consideran lagunas de cotización aquellos periodos no cotizados que quedan comprendidos en el intervalo de meses a partir de los cuales se determina la base reguladora. Estos periodos sin cotizar se integrarán de la siguiente manera: </p>
<ul class="tipo1]
<li>Para trabajadores que causen jubilación a través del Régimen General, y de manera genérica, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima.</li>
<li>Para trabajadores que causen jubilación a través del Régimen General y que les sea aplicable la legislación anterior a 1-1-2013, en aplicación de la Disposición final duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, las lagunas de cotización se integrarán a los exclusivos efectos de dicho cálculo, con la base mínima de cotización, vigente en cada momento, en el Régimen General para los trabajadores mayores de 18 años.</li>
<li>En el caso de trabajadores que causen jubilación a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no existirá fórmula de integración de lagunas de cotización, computando como cero la base de los meses en los que no haya habido obligación de cotizar. </li>
</ul>
<h3 class="tipo1]Impacto de las lagunas de cotización </h3>
<p> Estos periodos sin cotizar pueden penalizar el cálculo de la base reguladora y por tanto de la pensión, al integrarse en forma de bases reducidas. El impacto es especialmente notable en dos casos: </p>
<ul class="tipo1]
<li>Trabajadores autónomos: Es sin duda el colectivo que en mayor medida debería evitar estos periodos sin cotizar, pues el RETA no contempla la integración de lagunas como el Régimen General, por lo que directamente pasarán como “bases cero” a la fórmula de cálculo de la base reguladora. </li>
<li>Trabajadores por cuenta ajena que han venido cotizando por bases elevadas: En este caso, integrar lagunas con bases reducidas penaliza la cuantía de la pensión, al llegarse a ella en forma de cómputo medio de las bases de cotización. </li></ul>

manuel:
Como podría saber por cuanto he cotizado los meses no trabajados,(integración de lagunas)ya que aunque no cuentan como tiempo no cotizan sobre cero.He pedido vida laboral y no consta nada de ello. gracias
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#157204
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 60
Si el garaje forma parte de la misma vivienda, también se considera vivienda habitual.

Lo normal de la gente, cuando compra una vivienda, también adquiere una plaza de garaje y un trastero. Ambas forman parte de la vivienda habitual y no genera rentas.

Salu2.

chema:
Hola de nuevo me contesta que la vivienda habitual no genera renta y el? garaje ¿
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#157296
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por lucia:

hola acabe contrato en diciembre solicie el subsidio en enero y me dijeron que tenia que esperar ese mes y volver en febreo lo cual hice me lo concedieron el 10 de marzo pense que me darian los 426 de febrero pero me dieron 852 con lo cual supongo que me pagaron tambien enero supongo que tambien enero es mes cotizado que opinais muchas gracias
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#157333
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 60
Efectivamente, te paga desde el día que perdiste el empleo.

Te hace esperar ese mes para verificar que tienes derecho a pedirlo, pero el derecho nace desde el día que perdiste el empleo.

Salu2.

lucia:
hola acabe contrato en diciembre solicie el subsidio en enero y me dijeron que tenia que esperar ese mes y volver en febreo lo cual hice me lo concedieron el 10 de marzo pense que me darian los 426 de febrero pero me dieron 852 con lo cual supongo que me pagaron tambien enero supongo que tambien enero es mes cotizado que opinais muchas gracias
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#157398
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Fignon:

Bla Bla Bla...

Amos a ver, alma de cántaro (TuCapital), si te hacen esperar ese mes, NO TE LO PAGAN. Yo sí que te voy a verificar...

Aquí hay 2 teorías:

1) De flipado: El funcionario pensó que accedías al subsidio por agotar un paro, porque lo has cobrado y has ido trabajando y la cosa es compleja (no voy a entrar)

2) La Lógica: El funcionario que te atendió no tiene ni puta idea, e igual que TuCapital, piensa que hay que esperar un mes para verificar cosas, JEJE...

Siguiendo esta segunda vía, que es la razonable, si se accede al derecho por haber cotizado, se gasta el trabajo y el derecho nace al día siguiente de la finalización del mismo; no ha lugar en modo alguno al mes de espera. Probablemente te atendió un paquete pero resolvió el expediente una persona competente.

Cuando se hace el mes de espera, no se cobra (MUY IMPORTANTE!!!)
Si se hace, es porque se accede por cualquier vía de subsidio menos haber trabajado (agotamiento paro, excarcelado, revisión invalidez, emigrante retornado)

Es aconsejable que los responsables impriman el artículo 274 de la ley SS (la nueva) antes de contestar. Sé que hay mucha tela y es jodido, pero ese artículo es asquerosamente básico.

Saludos

lucia:
hola acabe contrato en diciembre solicie el subsidio en enero y me dijeron que tenia que esperar ese mes y volver en febreo lo cual hice me lo concedieron el 10 de marzo pense que me darian los 426 de febrero pero me dieron 852 con lo cual supongo que me pagaron tambien enero supongo que tambien enero es mes cotizado que opinais muchas gracias
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#157400
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por sebastian:

Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años desde Junio 2012. Voy a contraer matrimonio próximamente y quisiera saber si se tendrán en cuenta en el futuro para seguir cobrando el subsidio las rentas de mi mujer ( actualmente desempleada pero con posibles rentas por operaciones de valores). Y en ese caso si afecta o no si nos casamos en régimen de gananciales o separación de bienes.Gracias por la respuesta
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#157407
RE: Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años (ahora para mayores de 55 años): requisitos, plazos y documentación hace 7 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Jose:

Hola estoy cobrando el subsidio mayores de 55 años.
Me ha salido un trabajo para 6 meses, tengo que comunicarlo?
o al darme de alta se comunica automaticamente.
Gracias.
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