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REFORMA LABORAL
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TEMA: REFORMA LABORAL
#86348
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 43
Buenas.

En caso de despido improcedente, los días de indemnización a los que tenía el trabajador derecho antes del día 13 de Febrero se mantienen, así que hasta esa fecha, te tendrían que calcular teniendo en cuenta 45 días/año.

A esto habrá que sumar el tiempo que trabajes a partir de esa fecha, se indemnizará con 33 días/año.

Utiliza la calculadora para saber todo lo que te tienen que pagar de finiquito:

www.preguntasfrecuentes.net/2012/02/17/c...eforma-laboral-2012/

Eso sí, si la empresa ha tenido pérdidas en los últimos 3 años te pueden despedir de forma objetiva con 20 días de salario por año trabajado.

En la calculadora anterior, puedes ver cómo bajaría la cuantía de la indemnización en este caso.

Salu2

Cinta:
Buenas, llevo 30 años en la misma empresa y ahora va a cerrar por quiebra, cuantos dias por año me corresponden? 45 ó 20? gracias!
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#86349
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 43
Buenas.

En caso de despido improcedente, los días de indemnización a los que tenía el trabajador derecho antes del día 13 de Febrero se mantienen, así que hasta esa fecha, te tendrían que calcular teniendo en cuenta 45 días/año.

A esto habrá que sumar el tiempo que trabajes a partir de esa fecha, se indemnizará con 33 días/año.

Utiliza la calculadora para saber todo lo que te tienen que pagar de finiquito:

www.preguntasfrecuentes.net/2012/02/17/c...eforma-laboral-2012/

Eso sí, si la empresa ha tenido pérdidas en los últimos 3 años te pueden despedir de forma objetiva con 20 días de salario por año trabajado.

En la calculadora anterior, puedes ver cómo bajaría la cuantía de la indemnización en este caso.

Salu2

josem:
llevo 20 años trabajando en una empresa,tengo 43 años en caso de que me despidan que indemnizacion me corresponderia
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#86350
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 43
Buenas tardes.

Entendemos que No porque:

Con la nueva Reforma laboral se indica que se podrá despedir por Causas objetivas en entre otros, por el siguiente caso:

Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.


Sin embargo, se indica también que no se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, <..>la enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, <..>, que sería tu caso.

Salu2

GBBautista:
hola buenas tardes estoy de baja desde hace casi un año ,y mi pregunta es si me pueden despedir? con la nueva reforma laboral seria procedente? gracias
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#86351
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 43
Buenas tardes.

Si quieren hacerte Despido por causas económicas, puedes presentar reclamación una vez que te den la notificación de despido, ante el Juzgado de lo Social, quien declarará la medida justificada o injustificada.. y en función de eso, te corresponderán los 45días/año trabajado hasta el día 13 de Feb de este año, o sino 20 días/año..

Salu2 y suerte.

Noelia:
Buenas tardes:
Me acaban de comunicar que me despiden el día 29. Llevo en la empresa desde el 20/09/04. No me dan los 15 días de aviso. Se han agarrado a la bajada de pedidos, pero el año pasado tuvieron unas ganancias de 600.000 €. Es eso legal??? Puedo luchar por los 45 días??? Qué me aconsejáis.... Muchas gracias de antemano.
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#86352
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por JOSE ANGEL:

BUENAS TARDES:
LLEVO EN LA EMPRESA DESDE EL DIA 6 DE MAYO DE 2011, ME HICIERON FIJO EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2011, ME HAN COMUNICADO HACE 10 DIAS QUE ME CAMBIAN EL HORARIO,Y POR MOTIVOS PERSONALES NO PUEDO ACEPTARLO, QUE ME PERTENECE SI ME VOY PORQUE NO PUEDO ACEPTAR ESE HORARIO, TENGO DERECHO A COBRAR PARO, TENIENDO DIAS COTIZADOS CON ANTERIORIDAD.
MUCHAS GRACIAS.
anonimo
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#86353
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por MARI:

Buenas tardes, llevo trabajando en la empresa 14 años a jornada completa(tengo 42 años ) y ahora el centro de la localidad en la que trabajo lo cierran y nos mandan a otro cento de la misma empresa pero que está en otra provincia a unos 35km.Nos han dicho que no nos corresponde nada por dietas ni kilómetros (tenemos jornada partida )Está previsto cerrar el 31 de marzo y aluden causas ecnómicas , aunque de momento no tenemos nada por escrito.¿Nos tienen que avisar por escrito y con cuanta antelación?¿Si no accedo a ir al otro centro ¿qué indemnización y meses me corresponden?.Si la empresa justifica pérdidas ¿son pérdidas de toda la empresa( somos 7 centros con el mismo CIF y repartidos por varias provincias) o solo del centro en el que estoy. El grupo al que pertenezco a nivel de España estamos en un ERE de suspensión desde junio del 2009.
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#86354
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por josema:

Estoy en una empresa de zapatos y estoy haciendo un horario
de 53 horas semanales. ¿ me pueden obligar hacer ese horario?
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#86355
RE: Nueva reforma laboral 2012: despidos procedentes será la forma de despedir a los trabajadores hace 12 Años, 2 Meses Karma: 43
Buenas tardes.

Lo mejor sería negociar con la empresa ese horario para intentar adecuarlo a ambas partes.

Con la nueva Reforma laboral, la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, como por ejemplo el horario, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Si como trabajador resultases perjudicado por la modificación del horario, tendrás derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.

En el caso de que no te apliquen lo anterior, tendrías que reclamar ante el Juzgado de lo Social.

El cambio de horario o cualquier modificación de la empresa, solicítalo siempre por escrito. De la misma forma, cualquier decisión que tú tomes, te aconsejamos que la notifiques de igual forma a la empresa, para que quede constancia de todo.

Salu2

JOSE ANGEL:
BUENAS TARDES:
LLEVO EN LA EMPRESA DESDE EL DIA 6 DE MAYO DE 2011, ME HICIERON FIJO EL 14 DE NOVIEMBRE DE 2011, ME HAN COMUNICADO HACE 10 DIAS QUE ME CAMBIAN EL HORARIO,Y POR MOTIVOS PERSONALES NO PUEDO ACEPTARLO, QUE ME PERTENECE SI ME VOY PORQUE NO PUEDO ACEPTAR ESE HORARIO, TENGO DERECHO A COBRAR PARO, TENIENDO DIAS COTIZADOS CON ANTERIORIDAD.
MUCHAS GRACIAS.
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