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Cuenta vivienda: preguntas frecuentes
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TEMA: Cuenta vivienda: preguntas frecuentes
#64947
RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años Karma: 0
Estoy en el mismo caso que Albert, pero no me queda claro al 100%.

Cuando comentas que "Tú tienes que poner la que corresponda a la deducción de la cuenta vivienda para esos años", quiere decir que para el año 2009, ¿no tiene porque coincidir la parte estatal y la parte autonómica?

Gracias

tucapital.es escribió:
Ten en cuenta que esas casillas es para todos los tipos de deducciones.

Tú tienes que poner la que corresponda a la deducción de la cuenta vivienda para esos años.

Salu2.

Albert:
Hola, Tengo que devolver lo deducido en cuenta vivienda en los ejercicios 2009 y 2010 (el año pasado no me deducí nada). Te agradecería un poco de ayuda, y creo que puede clarar cosas a la gente. Por lo que veo tengo que ponerlo en las siguientes casillas:

724 (parte estatal) + 725 (intereses de demora de la parte estatal)
726 (parte autonómica) + 727 (intereses de demora de la parte autonómica)

El tema de las fechas de los intereses ya leí que la fecha inicio es la de la devolución por parte de la AEAT de ese ejercicio, y como fecha final la de la presentación de la declaración de este año.

Lo que no me queda claro es que al poner el importe de la devolución de las partes estatal y autonómica obtengo el siguiente aviso en el programa PADRE (deja continuar de todas formas):

"Si la deducción indebida se aplicó en los años 2009 y/o 2010 cada una de las partes estatal y autonómica de la misma deben ser el 50% de su importe total"

Pero esto no creo que aplique a cuenta vivienda ya que la parte estatal y autonómica sí eran iguales para el ejercicio 2010 pero NO para el ejercicio 2009, de ahí la diferencia.

Te pego lo que pone en la ayuda. Muchas gracias.

c) Deducciones generales de la cuota de los  ejercicios 2009 y 2010.
Se añadirá a la cuota líquida estatal el 50 por ciento de las deducciones indebidamente practicadas, junto con los intereses de demora, y a la cuota líquida autonómica o complementaria el 50 por ciento restante, más los correspondientes intereses de demora.
 
d) Deducciones por inversión en vivienda habitual de los ejercicios 2002 a 2010.
El importe del tramo estatal de la deducción indebida (más los intereses de demora) se aplicará a incrementar la cuota líquida estatal  y el importe del tramo autonómico (más los intereses de demora) se aplicarán a incrementar la cuota autonómica o complementaria.
javifer2000
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#64961
RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años Karma: 67
No lo recuerdo exactamente si los porcentajes han cambiado... lo podéis ver en vuestras declaraciones de esos años.

Salu2.
euribor
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#67790
RE: Cuenta Vivienda hace 12 Años Karma: 20
Comentario enviado por olbap:

Hize una cuenta vivienda en diciembre de 2008,entonces ¿desgravo 2008,2009,2010,2011 y 2012? ya que hasta diciembre de 2012 no tengo que comprar. Es así o no,gracias por tu respuesta.
anonimo
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#67898
RE: Cuenta Vivienda hace 11 Años, 12 Meses Karma: 60
Tienes que comprar antes de diciembre de 2012.

Salu2.

olbap:
Hize una cuenta vivienda en diciembre de 2008,entonces ¿desgravo 2008,2009,2010,2011 y 2012? ya que hasta diciembre de 2012 no tengo que comprar. Es así o no,gracias por tu respuesta.
tucapital.es
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#68517
RE: Cuenta Vivienda hace 11 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Lancer:

Resumen.
Cuenta vivienda abierta en Dic. De 2008
Aportaciones:
2008 – 9000€ Deducidos.
2009 – 9000€ Deducidos.
2010 – 9000€ Deducidos.
2011 – 9000€ ( De momento sin deducir y trasladado todo a un deposito nuevo en Dic. de 2011).
Firmado contrato de compraventa en Sep. de 2011 y pagos a la promotora de 18000€ en total en 2011. En 2012 continuarán los pagos, aunque también tenía pensado hacer una aportación extra.
Todos los pagos a la promotora los he estado haciendo desde una cuenta normal, ya que desde el depósito a plazo fijo (a doce meses) que he estado utilizando como cuenta vivienda no podía hacer domiciliaciones para pagar al promotor. Escritura prevista para 2013.
Cuestiones.
1- ¿Todo el dinero de la CV lo tengo que invertir antes de finalizar este año?
2- ¿Para hacienda es igual si hago como que el dinero que he pagado al promotor desde otra cuenta distinta fuera de la CV? Me explico: Hasta finales de 2012 habría pagado un total de 30000€, le hago un pago extra al promotor de 6000€ y de esa forma poder justificar ante hacienda que he empleado los 36000€ de la CV en la vivienda, claro está sin volver a desgravarme por ello.
3- Otra opción podría ser: Este año deducir los pagos al promotor que realicé en 2011 en vez de los 9000€ que ingresé en la CV, y a finales de este año hacer un pago extra al promotor de lo que tengo en la CV. La duda es si el pago extra lo podría hacer de 27000 y no de 36000, ya que los últimos 9000€ no me los deduzco y al cambiar de deposito en Dic. de 2011 y no darlo de alta en la declaración de este año, es como si hubiese solo 27000€.
Espero que se entienda todo. Muchas gracias por la ayuda. Saludos.
anonimo
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#68568
RE: Cuenta Vivienda hace 11 Años, 11 Meses Karma: 60
1. Sí, en caso contrario te tocará devolver lo deducido + intereses de demora.

2. El dinero debería de haber salido de la cuenta vivienda. Esto no habría supuesto problema si todos los pagos se hubiera hecho en 2012, pero has pagado 18.000 euros en 2011 y el saldo de la cuenta vivienda en 2011 no disminuyó.

Por lo que hiciste, tenías derecho a deducirte los 18.000 euros aportados al promotor + los 9.000 euros aportados a la cuenta vivienda, pero como superaste el máximo, sólo te podrás deducir 9.040 euros.

3. Como te digo, Hacienda sabe tu saldo a 31 de diciembre en la cuenta vivienda. Los 18.000 euros aportados en 2011 no puedes justitificar que salió de la cuenta vivienda.

Salu2

Lancer:
Resumen.
Cuenta vivienda abierta en Dic. De 2008
Aportaciones:
2008 – 9000€ Deducidos.
2009 – 9000€ Deducidos.
2010 – 9000€ Deducidos.
2011 – 9000€ ( De momento sin deducir y trasladado todo a un deposito nuevo en Dic. de 2011).
Firmado contrato de compraventa en Sep. de 2011 y pagos a la promotora de 18000€ en total en 2011. En 2012 continuarán los pagos, aunque también tenía pensado hacer una aportación extra.
Todos los pagos a la promotora los he estado haciendo desde una cuenta normal, ya que desde el depósito a plazo fijo (a doce meses) que he estado utilizando como cuenta vivienda no podía hacer domiciliaciones para pagar al promotor. Escritura prevista para 2013.
Cuestiones.
1- ¿Todo el dinero de la CV lo tengo que invertir antes de finalizar este año?
2- ¿Para hacienda es igual si hago como que el dinero que he pagado al promotor desde otra cuenta distinta fuera de la CV? Me explico: Hasta finales de 2012 habría pagado un total de 30000€, le hago un pago extra al promotor de 6000€ y de esa forma poder justificar ante hacienda que he empleado los 36000€ de la CV en la vivienda, claro está sin volver a desgravarme por ello.
3- Otra opción podría ser: Este año deducir los pagos al promotor que realicé en 2011 en vez de los 9000€ que ingresé en la CV, y a finales de este año hacer un pago extra al promotor de lo que tengo en la CV. La duda es si el pago extra lo podría hacer de 27000 y no de 36000, ya que los últimos 9000€ no me los deduzco y al cambiar de deposito en Dic. de 2011 y no darlo de alta en la declaración de este año, es como si hubiese solo 27000€.
Espero que se entienda todo. Muchas gracias por la ayuda. Saludos.
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#68664
RE: Cuenta Vivienda hace 11 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Lancer:

Muchas gracias por contestar.
En realidad no me refiero a justificar los 18000€ que no salieron de la CV, como si hubieran salido de ella. Me refiero a poder justificar que todos los pagos que vaya haciendo al promotor, superarán lo que tengo en la CV. A hacienda le debería dar igual, siempre que inviertas en la vivienda lo mismo o más de lo que se tiene en la CV.
Lo que no entiendo es que hacienda permita tener una CV en depósitos desde los que no se puede pagar directamente y luego te digan que tiene que ser exactamente ese dinero cuando eso es imposible, ya que para hacer los pagos tendría que pasar por una cuenta normal y “mezclarse con otros saldos”.
Pero vamos, que me doy cuenta de que no debería de haber metido en 2011 9000€ en la CV. Porque ahora para hacer las cosas de forma que hacienda “no lo vea raro”, este año me debería de deducir 9040€ de los pagos al promotor en 2011, y antes de finalizar el año debería de hacer un pago al promotor del total de la CV ¿no?
Perdona por insistir y gracias.

Lancer:
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2010 – 9000€ Deducidos.
2011 – 9000€ ( De momento sin deducir y trasladado todo a un deposito nuevo en Dic. de 2011).
Firmado contrato de compraventa en Sep. de 2011 y pagos a la promotora de 18000€ en total en 2011. En 2012 continuarán los pagos, aunque también tenía pensado hacer una aportación extra.
Todos los pagos a la promotora los he estado haciendo desde una cuenta normal, ya que desde el depósito a plazo fijo (a doce meses) que he estado utilizando como cuenta vivienda no podía hacer domiciliaciones para pagar al promotor. Escritura prevista para 2013.
Cuestiones.
1- ¿Todo el dinero de la CV lo tengo que invertir antes de finalizar este año?
2- ¿Para hacienda es igual si hago como que el dinero que he pagado al promotor desde otra cuenta distinta fuera de la CV? Me explico: Hasta finales de 2012 habría pagado un total de 30000€, le hago un pago extra al promotor de 6000€ y de esa forma poder justificar ante hacienda que he empleado los 36000€ de la CV en la vivienda, claro está sin volver a desgravarme por ello.
3- Otra opción podría ser: Este año deducir los pagos al promotor que realicé en 2011 en vez de los 9000€ que ingresé en la CV, y a finales de este año hacer un pago extra al promotor de lo que tengo en la CV. La duda es si el pago extra lo podría hacer de 27000 y no de 36000, ya que los últimos 9000€ no me los deduzco y al cambiar de deposito en Dic. de 2011 y no darlo de alta en la declaración de este año, es como si hubiese solo 27000€.
Espero que se entienda todo. Muchas gracias por la ayuda. Saludos.
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#68767
RE: Cuenta Vivienda hace 11 Años, 11 Meses Karma: 60
Eso no es así, tienes que sacar todo el dinero de la cuenta vivienda e invertir en vivienda habitual, no sirve lo que dices.

Cuando se utilizan depósitos, hay que cancelar y pasar a una cuenta (sin mezclar con otros dineros) y desde allí pagar.

Salu2.

Lancer:
Muchas gracias por contestar.
En realidad no me refiero a justificar los 18000€ que no salieron de la CV, como si hubieran salido de ella. Me refiero a poder justificar que todos los pagos que vaya haciendo al promotor, superarán lo que tengo en la CV. A hacienda le debería dar igual, siempre que inviertas en la vivienda lo mismo o más de lo que se tiene en la CV.
Lo que no entiendo es que hacienda permita tener una CV en depósitos desde los que no se puede pagar directamente y luego te digan que tiene que ser exactamente ese dinero cuando eso es imposible, ya que para hacer los pagos tendría que pasar por una cuenta normal y “mezclarse con otros saldos”.
Pero vamos, que me doy cuenta de que no debería de haber metido en 2011 9000€ en la CV. Porque ahora para hacer las cosas de forma que hacienda “no lo vea raro”, este año me debería de deducir 9040€ de los pagos al promotor en 2011, y antes de finalizar el año debería de hacer un pago al promotor del total de la CV ¿no?
Perdona por insistir y gracias.
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