Desde hoy 1 de Abril ya se puede solicitar y confirmar vuestro Borrador de la Declaración de la Renta.
Pero antes de hacerlo, es muy importante que reviséis (ya que no viene incluido) y
modifiquéis el Borrador para
incluir todas las deducciones familiares que hay por tener hijos, gastos de guardería, empleada de hogar, familia numerosas...
Incluir todas estas deducciones supone un
ahorro muy grande en el pago de los Impuestos de la Declaración de la Renta:
Deducciones autonómicas familiares en Castilla y León.
- Por edad, para discapacitados de edad igual o superior a 65 años.
- Por cuidado de hijos menores de 4 años (gastos de guardería o escuelas infantiles, y gastos en empleada de hogar)
- Por familia numerosa.
- Por nacimiento y/o adopción de hijos.
- Por partos múltiples o adopciones simultáneas.
- Por gastos de adopción.
- Por cuotas a la Seguridad Social de empleada/os del hogar.
- Por paternidad.
(en otras CC.AA ver:
www.preguntasfrecuentes.net/2014/03/26/d...cas-familiares-2013/)
Por si queréis ver más detallado estas deducciones familiares que os aplicarán exactamente en esta CC.AA son:
- POR FAMILIA NUMEROSA
246 euros por familia. 492 euros cuando alguno de los miembros a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. La deducción se incrementará en 410 euros por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente regulado en la normativa del IRPF.
- POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS
710 euros por el primero, 1.475 euros por el segundo, 2.351 euros por el tercero y sucesivos, si se cumplen los requisitos exigidos por la ley. Estas cantidades se duplican en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Estas cantidades se incrementan en un 35% para los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- POR PARTOS MÚLTIPLES O ADOPCIONES SIMULTÁNEAS
Compatible con la anterior. Si el parto múltiple o la adopción simultánea es de dos hijos, la mitad de la cuantía prevista en el apartado anterior y si el parto múltiple o la adopción simultánea es de tres o más hijos, una cuantía equivalente a la prevista en el apartado anterior. Además deducción de 901 euros durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción.
- POR GASTOS DE ADOPCIÓN
784 euros cuando no se superen determinadas rentas. Para adopciones internacionales, 3.625 euros cuando no se superen determinadas rentas. Compatible con las dos deducciones anteriores.
- POR CUIDADO DE HIJOS MENORES DE 4 AÑOS
30% de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, concurriendo determinados requisitos, o 100% de determinados gastos en Escuelas, Centros y Guarderías Infantiles de la Comunidad de Castilla y León, con el límite de 1.320 euros, concurriendo determinados requisitos.
- POR CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR
15% de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros. Deducción aplicable si no se superan determinadas rentas.
- POR PATERNIDAD
750 euros o 75 euros por semana completa cuando el permiso no coincida con el máximo legal permitido, siempre que no se superen determinadas rentas.
- POR DISCAPACIDAD
Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros. En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.
Espero que sea de vuestro interés y os sirva para ahorrar un buen dinerito.