Las propiedades adquiridas antes del matrimonio son privativos (salvo que se pague parte de dicho bien durante el matrimonio, en tal caso, le corresponderá la parte proporcional a tu cónyuge).
La separación de bienes lo puedes hacer cuando quieras, pero tendréis que poneros de acuerdo de quién son los bienes, ya que para entonces, habrá que hacer repartición de los bienes gananciales que se haya generado durante este tiempo de matrimonio.
Salu2.
nieves:
hola
me caso este año y yo tengo en propiedad una vivienda, querría saber si en caso de separación o divorcio, él podría reclamarme la mitad de la misma aunque yo la haya adquirido antes del matrimonio (todavia la estoy pagando).
y en caso de decidir hacer separación de bienes, ¿puede hacerse después de la boda? me podríais orientar de cuanto vale hacer capitulaciones matrimoniales??
saludos