A la niña, y el cónyuge tiene derecho a 1/3 de los bienes en usufructo.
Por otro lado, los bienes del matrimonio es al 50%, la niña hereda el 50%.
Los bienes heredados, son privativos y pasarán el 100% a la niña.
Se puede modificar todo esto vía testamento. Que acuda a una notaría.
Salu2.
victor:
Buenos dias . Tengo una enfermedad que podria morir, me case con bienes gananciales , mi madre fallecio y tengo un hermnano que nos dejo la mitad a cada uno . Mi pregunta es , ¿ en caso de muerte pasaba todo a mi esposa ? bueno tenemos una niña , o pasaria a ela niña ?. Gracias y un saludo