RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por luis:
Hola
Matrimonio viviendo en 2 comunidades distintas y empadronados
Poseemos 2 vivienda, 1 en cada comunidad
Entiendo que nos corresponde a cada uno 50% de cada vivienda
Como reflejarlo en la declaración de renta para que hacienda no me reclame por la segunda vivienda como si fuera otra propiedad
Un saludo
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por Daniel:
Hola.
En mi caso aun no se han producido la separación de bienes.
El problema es que el coche esta a mi nombre, pero para el uso de ella con mi hijo y haciéndose por su parte de los gastos derivados del mismo, pero los impuestos y/o multas me los hacen a mi.
En trafico solo me dicen que lo cambie de titular a su nombre, algo a lo que ella no querrá , aunque sea por ponerlo difícil , y no se si seguiría en régimen de ganancial.
LLevarlo a juicio me va a costar mas que el impuesto. ¿Que puedo hacer?.
También tenemos acciones en común de un colegio privado, pero ¿como recupero mi parte si ella no se queda con mis acciones? Además de que el dinero se lo prestaron mis padres para que ella pudiese trabajar en ese colegio, por tanto, ¿no debería reembolsarles el total a mis padres?
Gracias.
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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Los matrimonios han de vivir en la misma vivienda salvo causas muy justificadas.
De cualquier forma, si cada uno vive en uno, sólo se beneficiará del 50% que es de su propiedad no tener que pagar nada por se habitual, pero el otro 50% que no es habitual tendrá que pagar impuestos imputados (vivienda a disposición).
Salu2.
luis:
Hola
Matrimonio viviendo en 2 comunidades distintas y empadronados
Poseemos 2 vivienda, 1 en cada comunidad
Entiendo que nos corresponde a cada uno 50% de cada vivienda
Como reflejarlo en la declaración de renta para que hacienda no me reclame por la segunda vivienda como si fuera otra propiedad
Un saludo
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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El tema de multas no hay problemas, puedes identificar a tu ex como conductora y ya está.
En cuanto a impuestos... se lo tienes que reclamar. Podrías "amenazarla" diciendo que vas a dar de baja el coche si no cambia el titular.
En cuanto a la segunda pregunta, el tema es lo que haya por escrito. Si tus padres le prestaron dinero y hay un contrato, lo puedes reclamar, en caso contrario, complicado.
Salu2.
Daniel:
Hola.
En mi caso aun no se han producido la separación de bienes.
El problema es que el coche esta a mi nombre, pero para el uso de ella con mi hijo y haciéndose por su parte de los gastos derivados del mismo, pero los impuestos y/o multas me los hacen a mi.
En trafico solo me dicen que lo cambie de titular a su nombre, algo a lo que ella no querrá , aunque sea por ponerlo difícil , y no se si seguiría en régimen de ganancial.
LLevarlo a juicio me va a costar mas que el impuesto. ¿Que puedo hacer?.
También tenemos acciones en común de un colegio privado, pero ¿como recupero mi parte si ella no se queda con mis acciones? Además de que el dinero se lo prestaron mis padres para que ella pudiese trabajar en ese colegio, por tanto, ¿no debería reembolsarles el total a mis padres?
Gracias.
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por monica:
Buenos dias, espero pueda ayudarme con este caso:Rubén contrajo matrimonio en Sevilla, en el año 2001, con Isabel, sin otorgamiento de capitulaciones matrimoniales. Ambos instalaron su domicilio familiar en una vivienda adquirida en propiedad por Rubén unos meses antes de contraer matrimonio, constituyendo sobre la misma una hipoteca de 215.000 euros más intereses (72.000 euros) —actualmente, la vivienda tiene un valor de 385.000 euros—, que abonaron en su totalidad una vez casados y a costa del caudal común, excepto los 4 últimos plazos, vencidos y no satisfechos aún al momento en que el matrimonio se separó de hecho (2013), cuyo montante asciende a 11.300 euros.
Rubén se colegió como abogado ejerciente años antes de casarse, e instaló su despacho profesional en un local de su propiedad cuyo precio terminó de abonar tras contraer matrimonio (50 % del precio: 140.000). Recientemente, decidió renovar el mobiliario de su despacho, manteniendo a día de hoy una deuda por este concepto de 35.000 euros. El fondo de comercio o cartera de clientes de Rubén se calculó en 300.000 euros.
Por otro lado, su esposa Isabel inició la carrera de odontología constante el matrimonio, y la terminó en el año 2007, llevando ejerciendo como dentista dos años en una consulta radicada en local adquirido al efecto antes de la separación, a dos calles de su domicilio particular, con valor actual de 320.000 euros. Para dicha adquisición, el padre de Rubén donó a su hijo 200.000 euros en un documento en el que quedó claramente reflejado el origen y destino del importe recibido en donación, y el conocimiento y consentimiento de todos los implicados (con su firma). La escritura de compra se otorgó a los dos esposos para su sociedad de gananciales, aunque se estableció un derecho de crédito en favor de Rubén, que se haría efectivo en caso separación o divorcio. El fondo de comercio o cartera de clientes de la consulta de Isabel se calculó en 40.000 euros.
Durante el desarrollo de su actividad profesional, Isabel ha acumulado unas deudas por 15.000 euros en concepto de productos de higiene dental a sus proveedores, ostentando diferentes créditos a su favor contra varios clientes por 25.000 euros. Por su parte, Rubén es igualmente acreedor de diferentes clientes por un montante total de 50.000 euros.
En lo que a los demás bienes se refiere, la pareja posee: mobiliario y enseres domésticos por valor de 20.000 euros; mobiliario de la consulta de la esposa por valor de 60.000 euros; joyas compradas para Isabel por valor de 3.000 euros; un reloj para Rubén por valor de 1.000 euros; un coche Ford Focus por valor de 6.000 euros y un BMW por valor de 14.200 euros; ropas y enseres de uso personal de los miembros de la unidad familiar (unos 5.400 euros) etc.
Además, constante el matrimonio, Isabel compró a plazos —por ebay— una guitarra Gibson Les Paul por valor de 2.500 euros, cuyo primer plazo de 500 euros lo pagó con dinero propio, y el resto (4 plazos de 500 euros) con dinero ganancial. Rubén, por su parte, aficionado al arte, adquirió en 2005 una obra de arte, por valor de 24.000 euros, que pagó a plazos, el primero (9.000 euros) con dinero común y los restantes (3 pagos anuales de 5.000 euros), tras el enfado de Isabel por el enorme gasto, con dinero obtenido de su actividad profesional
Cuales son los bienes gananciales? y privativos? si puede contestarme en mi correo electrónico se lo agradecería. Muchas gracias
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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Comentario enviado por monica:
Soy estudiante en derecho y es un caso practico del año pasado lo que los datos no son reales, es simplemente que en derecho matrimonial me cuesta diferenciar los bienes gananciales y privativos. Gracias
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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Me temo que esto no es tan simple... lo que estás pidiendo prácticamente es una liquidación de bienes gananciales.
Creo que lo que deben de hacer es poner en contacto con un abogado, que puede ser común, si van a liquidar todo esto de forma amistosa o diferente, si va a ser contencioso.
Salu2.
monica:
Buenos dias, espero pueda ayudarme con este caso:Rubén contrajo matrimonio en Sevilla, en el año 2001, con Isabel, sin otorgamiento de capitulaciones matrimoniales. Ambos instalaron su domicilio familiar en una vivienda adquirida en propiedad por Rubén unos meses antes de contraer matrimonio, constituyendo sobre la misma una hipoteca de 215.000 euros más intereses (72.000 euros) —actualmente, la vivienda tiene un valor de 385.000 euros—, que abonaron en su totalidad una vez casados y a costa del caudal común, excepto los 4 últimos plazos, vencidos y no satisfechos aún al momento en que el matrimonio se separó de hecho (2013), cuyo montante asciende a 11.300 euros.
Rubén se colegió como abogado ejerciente años antes de casarse, e instaló su despacho profesional en un local de su propiedad cuyo precio terminó de abonar tras contraer matrimonio (50 % del precio: 140.000). Recientemente, decidió renovar el mobiliario de su despacho, manteniendo a día de hoy una deuda por este concepto de 35.000 euros. El fondo de comercio o cartera de clientes de Rubén se calculó en 300.000 euros.
Por otro lado, su esposa Isabel inició la carrera de odontología constante el matrimonio, y la terminó en el año 2007, llevando ejerciendo como dentista dos años en una consulta radicada en local adquirido al efecto antes de la separación, a dos calles de su domicilio particular, con valor actual de 320.000 euros. Para dicha adquisición, el padre de Rubén donó a su hijo 200.000 euros en un documento en el que quedó claramente reflejado el origen y destino del importe recibido en donación, y el conocimiento y consentimiento de todos los implicados (con su firma). La escritura de compra se otorgó a los dos esposos para su sociedad de gananciales, aunque se estableció un derecho de crédito en favor de Rubén, que se haría efectivo en caso separación o divorcio. El fondo de comercio o cartera de clientes de la consulta de Isabel se calculó en 40.000 euros.
Durante el desarrollo de su actividad profesional, Isabel ha acumulado unas deudas por 15.000 euros en concepto de productos de higiene dental a sus proveedores, ostentando diferentes créditos a su favor contra varios clientes por 25.000 euros. Por su parte, Rubén es igualmente acreedor de diferentes clientes por un montante total de 50.000 euros.
En lo que a los demás bienes se refiere, la pareja posee: mobiliario y enseres domésticos por valor de 20.000 euros; mobiliario de la consulta de la esposa por valor de 60.000 euros; joyas compradas para Isabel por valor de 3.000 euros; un reloj para Rubén por valor de 1.000 euros; un coche Ford Focus por valor de 6.000 euros y un BMW por valor de 14.200 euros; ropas y enseres de uso personal de los miembros de la unidad familiar (unos 5.400 euros) etc.
Además, constante el matrimonio, Isabel compró a plazos —por ebay— una guitarra Gibson Les Paul por valor de 2.500 euros, cuyo primer plazo de 500 euros lo pagó con dinero propio, y el resto (4 plazos de 500 euros) con dinero ganancial. Rubén, por su parte, aficionado al arte, adquirió en 2005 una obra de arte, por valor de 24.000 euros, que pagó a plazos, el primero (9.000 euros) con dinero común y los restantes (3 pagos anuales de 5.000 euros), tras el enfado de Isabel por el enorme gasto, con dinero obtenido de su actividad profesional
Cuales son los bienes gananciales? y privativos? si puede contestarme en mi correo electrónico se lo agradecería. Muchas gracias
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RE: Bienes gananciales hace 7 Años, 6 Meses
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Lo siento, pero imagino que te han puesto estos "deberes" es que intentes averiguarlo por ti misma y así aprender.
Suerte...
monica:
Soy estudiante en derecho y es un caso practico del año pasado lo que los datos no son reales, es simplemente que en derecho matrimonial me cuesta diferenciar los bienes gananciales y privativos. Gracias
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