Comentario enviado por Estíbaliz:
Recibí por correo certificado un requerimiento para identificar al conductor por sobrepasar velocidad máxima en vía limitada. La multa impuesta era de 300€ y retirada de dos puntos.
Les respondí por correo certificado también que en la foto que me envían no es posible distinguir ni el modelo del vehículo implicado, ni la matrícula ni si al mismo tiempo por el mismo sitio circulan más vehículos a efectos de que el radar hubiera saltado por otro que pasara por allí. al no tener constancia de haber estado circulando ese día y a esa hora por el sitio que me señalan, les solicito comprueben la exactitud de los hechos y me hagan llegar documentación identificable para responder adecuadamente.
Como respuesta recibo certificado con notificación de incoación de expediente sancionador con 900€ de sanción (sin expresar puntos esta vez).
Preguntas: ¿se puede hacer algo?
¿De proceder al abono de los 900€ se mantiene la pérdida de los puntos que se reseñaba en la primera o al haberse incrementado exponencialmente la sanción económica la de la pérdida de puntos desaparece?
Muchas gracias