Comentario enviado por Denis AL:
Buenas, os cuento mi caso: el 2 de septiembre de 2017 me quitaron un total de 10 puntos siendo novel (8 puntos), el día 1 de octubre me llegaron las multas pero nada más. Tras esto me informe varias veces sobre mi situación con los puntos, la cual es de 0 puntos, pero según palabras textuales de una empleada de jefatura de tráfico "puedo conducir" y así estuve hasta que me llegó lo siguiente (bastante tarde además)es una carta que pone como asunto "Acuerdo de Inicio de procedimiento de pérdida de vigencia de autorización Administrativa para conducir", esta carta me llegó el 31 de enero de 2019 (haciendo cuentas más de un año después de la infracción) y fui con ella a tráfico a ver que me decían ya que me pensaba que esta sería la notificación que me indicaba el inicio del plazo de espera de 6 meses para volver a poder conducir, pero no fue así, la mujer que pregunté en la dgt me dijo que está carta es solo para informarme de que puedo presentar alegaciones y que esta no es la notificacion de perdida de vigencia. Pero yo no estoy muy seguro de la afirmación que me dió esta mujer.
Mi situación actual es la siguiente:
-Llevo un lío en la cabeza que no se que hacer y no cual es mi situación si puedo conducir aún o no.
-Si esta es la notificación de perdida de vigencia del permiso o no, es decir si tengo que volver a tráfico a entregar el carné de conducir y esperar 6 meses.
-Si al estar en lo cierto (de que es la notificación que creo que es) puedo presentar alegaciones por la tardanza.