Hola
Vaya, si es un poco compleja.
Creemos que lo puedes poner a tu nombre al ser heredero presentando la documentación que puedes ver en el artículo superior.
Pero te lo deberán confirmar en la Jefatura de Tráfico.
Sobre los impuestos, como mucho os podrían reclamar el pago de los 4 últimos años, ya que los anteriores en teoría habrían prescrito.
Quizás si seguís así pasen unos cuantos años más sin tener que pagarlo.. Pero vosotros decidís.. Si lo transferís en este año, el año que viene os tocará empezar a abonarlo.
Salu2
Pablo:
Hola! Os dejo mi consulta por si podéis ayudarme, creo que es un tanto compleja...
Mi padre falleció hace ya casi 9 años. Tenía un vehículo que compró estando casado en régimen de gananciales con mi madre, pero que tiene el permiso de circulación a su nombre. Yo, su hijo, quiero cambiar la titularidad del mismo, pero en el impuesto de sucesiones figura sólo el 50% del vehículo... Dejó testamento, y soy yo el heredero y mi madre la usufructuaria. El transmitente del vehículo quien es? Además hay otro problema: el IVTM no se pagaba en el Ayuntamiento porque mi padre estaba exento... y así ha sido los últimos 9 años...
Vale la pena cambiar la titularidad ahora o esperar a deshacerse del coche para pagar recargo por los menos años posibles????? Gracias!!!