Buenas tardes
Las cosas no están para perder clientes, así que seguramente si insistes en que eso no lo aceptas, que quieres contrato de compraventa normal como corresponde, al final cederán contigo.
En cualquier caso reclamar aún con garantía siempre es muy complicado porque son muchísimas las veces que pueden alegar que se trata de piezas de desgaste, de mal uso del vehículo, mantenimiento inadecuado,...etc hay mil excusas para que no entre un fallo en garantía.
Así que revisa muy muy bien el coche antes de comprarlo y si te interesa y es buen precio, tampoco le des muchas más vueltas si todo está correcto..
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Con el contrato que te proponen no se consideraría consumidor a los efectos del Real Decreto legislativo 1/2007 y, por tanto, no te será de aplicación la obligación de garantía legal que deben dar de 1 año, y la única vía que tendrías para reclamarles es la Judicial.
Por otro lado, si indicaran que tú también te dedicas a la compraventa de vehículos o tema relacionado con ello, no habrá responsabilidad por vicios ocultos por los defectos
manifiestos que estén a la vista ni por los que no lo estén, ya que en este caso se entiende que el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debe fácilmente conocerlos.
Salu2 y suerte con la compra!
Pepe:
perdon… parece que le di sin querer al boton de ENVIAR!
Bueno para terminar lo que queria decir es que ellos me insisten en que de esa manera ( como vfenta a empresa) yo asumo todos los riesgos y ellos , una ves vendido el coche, ya no responderian ante ninguna reclamacion… por mas que la ley diga que estan obligados a asumirlos durante un plazo minimo de 6 meses ( o eso es lo que tengo entendido.. )
Por todo esto os escribo ya que necesito aclararme la ideas antes de decidir que hacer. La verdad es que el coche me gusta mucho y su precio es muy atractivo, pero incluso aunque fuera mucho menos dinero tampoco me arriesgaria a perderlo.
Ya se que puedo contratar una garantia externa por mi cuenta pero antes me gustariua saber si es cierto que la ley me ampara durante los primeros 6 meses o al menos 15 dias… si la compraventa la aceptara bajo las mencionadas condiciones de empresa a empresa!
Muchas gracias y perdon por lo extenso de mi pregunta
Un cordial saludo,
Pepe