Hola.
Al ser tú el titular del vehículo a fecha 1 de Enero de 2011, ese impuesto de ese año te corresponde pagarlo a ti (el concesionario lo sabe de antemano y por eso esperaría a que entrara el año nuevo para transferir)
En caso de no pagarlo, el ayuntamiento dispone de 4 años para reclamártelo, pudiendolo cobrar finalmente por embargo vía ejecutiva con recargo si no lo pagaras voluntariamente antes.
Más información sobre esto en:
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www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/09/i...e-circulacion-venta/
Salu2
Raúl:
Hola, mi duda es la siguiente, vendí mi coche a un concesionario a Madrid a finales 26 o 27 de diciembre del 2010 la tranferencia la hicieron a primeros de enero, ahora resulta que el ayuntamiento de Sevilla me pide que pague el impuesto de circulación de 2011. Que hago? Debo de pagarlo o ya me desentiendo? Me lo quitaran de la cuenta?
Un saluo y gracias de antemano