Primero de todo gracias por sus informaciones.
A ver si resuelven mi duda para saber si puedo acogerme al plan moto E.
Yo he intentado leerlo en el BOE pero no he visto mi particular.
Mi caso es el siguiente:
Yo en marzo de este año (2009) he dado de baja una motocicleta de 200cc y de más de 7 años y poseo el Certificado de Destrucción del Vehículo extendido por un un centro autorizado de tratamientos de vehículos en mi comunidad (Cataluña).
Este certificado lo solicité con posterioridad, pero la fecha de recepción en el centro de tratamiento que consta en mi certificado es la real, de marzo de 2009. Esto fue antes de la aprobación del plan moto E.
En el plan moto E (sea el estatal, o en el de la comunidad) se indica algo sobre este particular? (si el achatarramiento debe ser en fechas concretas con respecto a la entrada en vigor del plan. o inmediatamente antes de la compra de la moto nueva) o alguna norma general en la entrada en vigor que me afecte?
O por el contrario no dice nada y me puedo acoger con mi certificado de destrucción oficial, de marzo pasado, al plan y solicitarlo en mi concesionario para la compra de una moto nueva?
Caso de ser posible, les agradecería me indicaran como puedo informar yo correctamente a mi concesionario (saber la letra del plan donde me puedo apoyar para explicarlo).
Supongo que el concesionario con el certificado tiene suficiente para tramitar las ayudas, sin ser necesario que yo le entregue la moto físicamente y destruirla él.
Muchas gracias anticipadas,
a ver si hay suerte y me compro la moto :?