Un tema es la exención del Impuesto de Matriculación y otro la exención del Impuesto Municipal de Circulación del Ayuntamiento (impuesto de rodaje o IVTM).
En el primer caso sí que tienen que transcurrir 4 años y sólo se aplica a la compra de veh´ciulos nuevos.
En el segundo tipo de exención, no hay requisito de que tenga que pasar un tiempo en concreto, lo único es que no te aplicarán la exención del pago de ese impuesto de rodaje para más de un vehículo simultáneamente.
Así que si cambias de coche, para la exnción del Impuesto de Circulación tendrás que acudir al Ayuntamiento para solicitar la exención del segundo coche, eliminando la del primero.
Esperamos haberte aclarado un poco, sino para cualquier consulta más consúltanos en este otro post en el cual hablamos de ello:
Impuesto municipal de Circulación: exención por minusvalía
Salu2
Mario Castro:
He comprado un coche de segunda mano hace tres años y hace un año me enteré que por minusvalia estaba exento del rodaje y me lo concedieron, pero ahora quiero cambiar el coche ¿tengo que esperar 4 años? ¿o puedo pagar el rodaje del año anterior y así solicitalo para el coche nuevo?
Gracias.