Buenas tardes Jose Luis.
Si se trata de vehículos adquiridos en España es condición imprescindible que se trate de vehículos nuevos sin matricular. No sería aplicable para usados.
En el caso de los coches de importación, tendrías que consultarlo con Hacienda ya que el tema de aplicar el Iva reducido a los coches de importación por minusvalía no está nada claro en la Ley referente a este tema.
El Iva reducido por minusvalía por movilidad reducida al igual que la exención del Impuesto de matriculación sólo se aplica en la matriculación de vehículos nuevos.
Sin embargo, para los vehículos de importación referente al pago de impuestos, se considera vehículo nuevo el que tiene menos de 6.000 kilómetros o que tenga menos de 6 meses..
Por eso, antes de adquirir un vehículo importado teniendo en cuenta estos descuentos por minusvalía es mejor que lo confirmes previamente con Hacienda.
Te facilitamos su telf:
AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Salu2
jose luis:
Buenos días:
¿Y si el coche es usado pero con I.V.A. deducible?
Esto es: típico caso de coche con 1,2, 3 años matriculado en la U.E. (Alemania, Bélgica) y que compensa comprar allí puesto que tiene precio interesante. En alguno de estos coches figura I.V.A. deducible; parece lógico pensar que me lo podría aplicar al 4%. ¿Es correcto?
Muchas gracias.