Hola Francisco.
Gracias por echar un vistazo a los comentarios anteriores donde se resuelven ya muchas de tus consultas.
Sobre la demás comentarte que el concesionario debe hacer la factura aplicando directamente el Iva reducido al 4% (en el caso de que tengas reconocida la movilidad reducida), así que directamente tienes que pagar sólo esa cantidad, y no devolverte nada Hacienda ni el concesionario después.
Respecto a las Comunidades Autónomas, comentarte que el Impuesto de matriculación para los vehículos más contaminantes (CO2 cuperior a 200gr/km) en <a target="_blank" href="
www.preguntasfrecuentes.net/2010/08/09/s...andalucia/]Asturias, Cataluña y Andalucía pagan un 16% en vez de un 14,75%[/url].. Así que el ahorro sería diefrente en unas CC.AA a otras. Respecto al Iva reducido al 4% creemos que es el mismo en toda la península, pero por si acaso lo quieres confirmar:
AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Salu2!
Francisco:
Hola. Tengo pensado comprar un vehiculo con los descuentos por movilidad reducida, ya he leido los comentarios anteriores así que se la documentación que necesito.
Mis preguntas:
Puedo comprar un coche de segunda mano?
Puede ser de un particular?
Es obligatorio pagar primero todo el iva?
Estas condiciones varian segun la comunidad autonoma (Cataluña)?
Muchas gracias por atenderme.