Buenas Verónica.
La verdad es que este tema oficialmente no lo especifican nada claro.. Fíjate, por un lado según la AEAT :
Se considerarán personas con movilidad reducida:
a) Las personas ciegas o con deficiencia visual y, en todo caso, las afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) que acrediten su pertenencia a la misma mediante el correspondiente certificado.
b) Los titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las corporaciones locales o, en su caso, por las comunidades autónomas.
Así que en tu caso no te lo podemos confirmar.
Puedes ver toda la información oficial sobre este tema recopilada en:
Ley sobre Iva reducido al 4%
Aunque lo que más te aconsejamos es consultarlo directamente antes de nada en tu Delegación de Hacienda (por si no tuvieras tiempo de ir su telf para consultas es:
AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Ya nos dirás si llamas a ver qué te comentan al respecto. La verdad es que hay muchísimos usuarios en tu caso.
Salu2
veronica:
con una pension de invalidez permanente absoluta, un 60% de invalidez y la exencion del impuesto de circulacion mi pregunta es la siguiente me corresponde tambien la reduccion del iva al 4% en la compra de un vehiculo nuevo es que por mas que leo el articulo no me acabo de enterar bien
muchas gracias