Según lo indicado en el Real Decreto 1466/2007, se considerarán personas con movilidad reducida:
b) Los titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las corporaciones locales o, en su caso, por las comunidades autónomas.
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Ley sobre Iva reducido al 4%
Así que según esto entendemos que podrías beneficiarte de la reducción del Iva y de la exención del Impuesto de matriculación en la compra de tu coche nuevo.
Toda la documentación y solicitud la tiene que presentar el concesionario, que te deberá aplicar esos dos beneficios fiscales directamente en el precio.
Conviene que estés pendiente e insistas al concesionario en que te lo gestionen bien, ya que sino sería complicado por no decirte imposible rectificar si lo tramitaran mal en el momento de matricular.
Esperamos que
te sea de ayuda.
Salu2!