En el caso de que te pararan te pondrían una denuncia administrativa, se considerará infracción grave y la consiguiente multa y te retirarían el permiso de conducción caducado para su remisión a la Jejatura Provincial de Tráfico correspondiente.
No se consideraría delito, sino infracción administrativa.
Además podrían inmovilizarte el vehículo, ya que según la Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley de Seguridad Vial :
La circulación de un vehículo sin autorización, bien por no haberla obtenido o porque haya sido objeto de anulación o declarada su pérdida de vigencia, dará lugar a la inmovilización del mismo hasta que se disponga de dicha autorización, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine.
Sólo se consideraría delito en el siguiente caso:
Artículo 384.
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.
Esperamos que te sea de ayuda, y que renueves pronto el carnet de conducir para circular más tranquilo
Salu2