RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Hola
En algunos ayuntamientos, no en todos, se prorratea por baja temporal, aparte de por la baja definitiva.
Consultalo en tus ordenanzas municipales en el apartado del IVTM.
Salu2
Luis:
Hola mi pregunta es:
Porque no hay derecho al prorrateo de los meses en los cuales este dado de baja un vehiculo que esta en garaje privado; ya que dicho vehiculo no circula, y por lo tanto se considera injusto pagar por algo que no se va a utilizar?
Mi opinion es que la ley esta desfasada porque partiendo de la logica de si algo no se utiliza porque se debe pagar por ello; o por otro lado esque interesa a las administraciones.
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Hola Alex.
Antes de nada, muchas gracias por tu información.
En cualquier caso, ya que en este tema a veces hay discrepancias entre ayuntamientos, aconsejamos que los que den su vehículo de baja temporal, si quieren confirmar si tienen o no derecho a prorrateo de los trimestres del impuesto de circulación de ese año, lo confirmen revisando la normativa municipal (ya que consultarlo es gratis tampoco se pierde nada..).
En la mayoría de los casos sí es temporal lo aplican según la normativa indicada, pero en algún ayuntamiento hemos visto que también lo devuelven por baja temporal sin especificar, aunque lo normal es que no.
Aunque lo normal es qu sólo se limiten a cumplir la normativa que indicas sin más excepciones, y más en estos momentos de crisis.
Alex:
Hola! Mi nombre es Alex y trabajo en un ayuntamiento. Me temo que no dais la información correcta respecto al IVTM en caso de baja temporal.
Según la Ley de Haciendas Locales (2/2004 de 5 de marzo) en su artículo 96 punto 3:
"El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de PRIMERA ADQUISICIÓN o BAJA DEFINITIVA del vehículo. También procederá el prorrateo de la cuota en los mismos términos en los supuestos de BAJA TEMPORAL POR SUSTRACCIÓN o robo de vehículo, y ello desde el momento en que se produzca dicha baja temporal en el Registro público correspondiente."
Es decir, solo existe prorrateo del importe en caso de nuevas altas (no así altas de bajas temporales) y en caso de bajas DEFINITIVAS (destrucción del vehículo o exportación). El único caso en el que procede prorrateo en una baja temporal es por robo.
Así pues, en el caso de la persona que comentaba que su ayuntamiento le obligaba a pagar la totalidad del IVTM de su vehículo, el cual había dado de baja temporal posteriormente al devengo del impuesto (1 de enero), el ayuntamiento tenía toda la razón. Debe abonar todo el impuesto y no procede ni siquiera devolución de ningún trimestre.
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por Ramón:
Hola:
Desearía me sacarán de un pequeño mar de dudas. Quiero comprar un coche, pero resulta que el coche a sido echado para atrás en la ITV (fallo en el piloto del AIRBAG y ya está reparado) y lleva unos años en el modo de baja temporal. Al no tener el coche ninguna documentación no lo quiero sacar a la calle (aunque el compraventa me dice que me lo puedo llevar).
Existiría algún tipo de permiso temporal que pudiera ser usado para probar el coche y llevarlo a un taller de confianza? la distancia sería corta, no más de 20Km. y no mas de 2 horas.
La podría solicitar yo como particular aunque el coche sea de un compraventa?
Muchas gracias.
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Hola.
La multa por circular con ITV caducada o desfavorable corresponde al titular del vehículo.
Lo único es que la multa por circular con el coche dado de baja temporal correspondería al conductor o al titular.
CIRCULAR CON EL
VEHÍCULO RESEÑADO DADO
DE BAJA TEMPORAL -> 500€ normativa VEH 032 3 5B
Así que si vas a mover el coche hazles firmar documento donde se responsabilicen ellos del pago de esas sanciones o sino que trasladen ellos el vehículo.
Permiso temporal de circulación sólo puede solicitarlo el titular del vehículo.
- www.preguntasfrecuentes.net/2010/07/19/p...oral-de-circulacion/
Salu2
Ramón:
Hola:
Desearía me sacarán de un pequeño mar de dudas. Quiero comprar un coche, pero resulta que el coche a sido echado para atrás en la ITV (fallo en el piloto del AIRBAG y ya está reparado) y lleva unos años en el modo de baja temporal. Al no tener el coche ninguna documentación no lo quiero sacar a la calle (aunque el compraventa me dice que me lo puedo llevar).
Existiría algún tipo de permiso temporal que pudiera ser usado para probar el coche y llevarlo a un taller de confianza? la distancia sería corta, no más de 20Km. y no mas de 2 horas.
La podría solicitar yo como particular aunque el coche sea de un compraventa?
Muchas gracias.
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por Herme:
Hola, tengo una duda que no encuentro respuesta. Yo tengo una motocicleta matriculada en Bcn, yo ahora estoy viviendo en Madrid y quisiera darla de baja temporal (por una compreventa). ¿Puedo hacer los trámites aquí en la DGT de Madrid o he de hacerlo dónde está el vehiculo matriculado?
Muchas gracias.
Salu2
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Hola.
Puedes hacer los trámites en cualquier Jefatura de Tráfico presentando la documentación indicada en el artículo superior. No te preocupes por eso.
Salu2
Herme:
Hola, tengo una duda que no encuentro respuesta. Yo tengo una motocicleta matriculada en Bcn, yo ahora estoy viviendo en Madrid y quisiera darla de baja temporal (por una compreventa). ¿Puedo hacer los trámites aquí en la DGT de Madrid o he de hacerlo dónde está el vehiculo matriculado?
Muchas gracias.
Salu2
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Comentario enviado por Santi:
Hola:
he adquirido una motocicleta averiada dada de baja temporal. La tengo casi reparada y empiezo a plantearme el trámite de rehabilitación. He visto que la tasa de rehabilitación es de 93,80€ (en absoluto es de 8 € como he visto por ahí). www.dgt.es/was6/portal/contenidos/docume...n/Rehabilitacion.pdf
Ya que en esta web de la que pongo la url, no dice que no, entiendo que, aún no siendo yo el titular, puedo hacer la rehabilitación y que la moto sea inscrita a mi nombre en ese mismo trámite ¿no?.
Gracias de antemano y un saludo.
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RE: Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste hace 11 Años, 7 Meses
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Hola Santi.
La "rehabilitación" es para vehículos que estén dados de Baja definitiva y efectivamente son 93€. ( www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/18/c...definitiva-tramites/)
Pero para los vehículos que estén dados de Baja temporal (no definitiva) hay que darlos de Alta (no rehabilitarlos) y en ese caso la tasa es de 8€ tal como indicamos.
De todas formas puedes verlo detallado en la pag de la DGT para confirmarlo en el enlace que te facilitamos:
www.dgt.es/was6/portal/contenidos/docume..._temporales_2012.pdf
Ten cuidado, porque si pagas las tasas incorrectas luego no te devolverán el dinero ni podrás reclamarlo, y la diferencia como bien dices es grande.
Salu2
Santi:
Hola:
he adquirido una motocicleta averiada dada de baja temporal. La tengo casi reparada y empiezo a plantearme el trámite de rehabilitación. He visto que la tasa de rehabilitación es de 93,80€ (en absoluto es de 8 € como he visto por ahí). www.dgt.es/was6/portal/contenidos/docume...n/Rehabilitacion.pdf
Ya que en esta web de la que pongo la url, no dice que no, entiendo que, aún no siendo yo el titular, puedo hacer la rehabilitación y que la moto sea inscrita a mi nombre en ese mismo trámite ¿no?.
Gracias de antemano y un saludo.
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