Hola.
EN principio se exige que el vehículo esté a nombre de la persona con minusvalía. Sin embargo, para ciertos beneficios fiscales, como por ejemplo la aplicación del IVA reducido al 4% en la compra de coche nuevo, se puede poner a nombre del cónyuge y beneficiarse igualmente...
Te aconsejaríamos antes de nada acudir a tu Ayuntamiento correspondiente (donde esté censado tu vehículo) y hacer la consulta, ya que la normativa puede variar de unos ayuntamientos a otros. A ver si con ser conyuge es suficiente.
Sino tendrías que acudir a Hacienda a ver que te cobrarían por el Impuesto de Transmisiones patrimoniales para hacer el cambio de titular al ser matrimonio, y en función de lo que te digan ver si merece la pena...
Aparte de esto, si te decides a cambiar de titular, tendrías que acudir a Tráfico con la documentación indicada en:
Trámites de compra-venta de un vehículo entre particulares
Allí tendrás que abonar unas <a target="_blank" href="
www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/12/t...-trafico-2012/]tasas de transferencia[/url] de unos 50€ y ya quedaría hecho el cambio de titular.
Salu2 y ya nos contarás a ver qué te comentan en Hacienda.
Mariluz:
hola otra vez, me referia al grado de minusvalia del 33%,
si tengo que cambiar la titularidad, ¿como lo hago?
gracias,