Bienvenido, Invitado
Por favor Entrar o Registrarse.    Contraseña olvidada?

Dudas sobre la Exención del IVTM por minusvalía
(1 viendo) (1) Invitado
Foro de coches: Resolución de cuestiones sobre la compra venta alquiler de coches, financiación, garantías y reclamaciones, seguros, problemas técnicos habituales.
AbajoPágina: 1
TEMA: Dudas sobre la Exención del IVTM por minusvalía
#2915
Dudas sobre la Exención del IVTM por minusvalía hace 14 Años, 10 Meses Karma: 0
En relación a la solicitud de exención del impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, he leído lo siguiente:

“Quienes soliciten ante la Jefatura Provincial de Tráfico la matriculación o la certificación de aptitud para circular de un vehículo, deberán acreditar previamente el pago del Impuesto”

PREGUNTO: como puedo acreditar en la Jefatura de Tráfico el pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica(en mi caso la exención del mismo) si resulta que para solicitar la exención del mismo, en el Ayuntamiento, necesito el permimo de circulación que me da tráfico (donde aparece la matrícula del coche nuevo) y la ficha ITV que también me da tráfico.

Para solicitar la exención necesito saber la matrícula porque la exención es para una matrícula determinada.

No entiendo o hay algún paso de las explicaciones que no acabo de visualizar.
.
Saludos

Zoila
zoila
zoila
Mensajes: 1
graphgraph
Puntos: 0
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
#2916
Re: Dudas sobre la Exención del IVTM por minusvalía hace 14 Años, 10 Meses Karma: 43
Buenass Zoila


Tendrías que confirmarlo llamando por telf a tu Ayuntamiento (el que corresponda al domicilio que vaya a figurar en el Permiso de Circualción), pero en principio, primero para matricular el vehículo en Tráfico es necesario realizar la liquidación del IVTM (Impuesto de vehículos de Tracción Mecánica) y acreditar por tanto su pago tal como leiste.

Y posteriormente, una vez ya matriculado, solicitarías en tu Ayuntamiento la concesión de la exención indicando las características del vehículo, su matrícula y causa del beneficio. Declarada ésta por la Administración municipal
se expedirá un documento que acredite su concesión.

Una vez concedida te deberían facilitar un impreso para que solicites la devolución del I.V.T.M. del ejercicio correspondiente.

Pero como te dijimos antes, no dejes de consultar el procedimiento con tu propio Ayuntamiento antes de nada.

Ya nos dirás a ver qué te comentan.

Salu2
PreguntasFrecuentes
PreguntasFrecuentes
Mensajes: 8204
graphgraph
Puntos: 11260
graphgraph
Usuario Offline Presiona aquí para ver el perfil de este usuario
El administrador ha deshabilitado la escritura pública.
 
 
ArribaPágina: 1