Hola Héctor.
Esperamos que te encuentres mejor.
Sobre la indemnización correspondiente en tu caso, quién te lo podría decir exactamente es la compañía aseguradora.
El Real Decreto Legislativo 8/2004 recoge la cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos establecidas a partir de un baremo por puntos en función de daño que se trate. Cada punto tendrá un valor en euros, y estos valores se actualizan cada año mediante el IPC del año anterior, publicándose en el Boletín Oficial del Estado
Sin embargo, si nos facilitas los siguientes datos podremos intentar darte una cifra aproximada:
Para ello es necesario que nos indiques los siguientes datos:
- ¿Has permanecido en el hospital? - Si o no.
-
En caso de que la respuesta sea sí, indícanos el número de días que estuvo de baja: --- días
- Días de baja no hospitarlaria impeditiva (sin poder realizar tu actividad habitual): --- días
- Días de baja no hospitarlaria no impeditiva (pudiendo hacer tu actividad habitual): --- días
- Ingresos netos anuales por trabajo: ---€
- Factor de reducción (si la víctima fuera en parte responsable del accidente se aplicará un factor de reducción): -- (consúltalo con la aseguradora)
- Factor de corrección: (sólo habría que rellenar este campo si ha llegado a un acuerdo con la otra parte para fijar un porcentaje diferente al que le corresponde): --
Esta indemnización sería independiente de la prestación que, como trabajador, pueda corresponderle de la Seguridad Social y es compatible con ella.
Ya nos contarás.
Salu2!
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hector:
Tuve fractura expuesta de tibia y perone clase 3 b por un accidente de transito.. quiero saber de cuanto es la indemnizacion por estas leciones... tuve un mes y medio internado.,