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Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución
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Foro de coches: Resolución de cuestiones sobre la compra venta alquiler de coches, financiación, garantías y reclamaciones, seguros, problemas técnicos habituales.
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TEMA: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución
#30966
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 9 Meses Karma: 43
Hola Eduardo.

Están exentos del pago del Impuesto de matriculación, entre otros "Los vehículos automóviles que se afecten efectiva y exclusivamente al ejercicio de actividades de alquiler."

Así que te podrías acoger a esta eexnción en el momento de matricularlos.

Para matriculación tendrás que abonar en Tráfico las tasas siguientes para cada vehículo:

- Expedición de permisos de circulación 91.80 € (ver Tasas de Tráfico 2011

+ el Impuesto municipal de Circulación.

Salu2!

eduardo ramos:
hola mi consulta es quiero estoy montando una empresa de turismo activo e comprado 4 buggy de 500cc quisiera saber
el precio de matriculacion en extremadura y si estan exentos por que van a funcionar de alquiler.
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#30967
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 8 Meses Karma: 20
Comentario enviado por MIGUEL:

HOLA,

quiero matricular en españa un coche con matricula francés (uso privado) por traslado de residencia a españa, puedo ser exento de pagar dicho impuesto a la agencia tributaria ? que modelo impreso hay que rellenar ?
gracia
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#30968
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 8 Meses Karma: 43
Hola Miguel.

Para quedar exento de tener que pagar el Impuesto de Matriculación tendrías que cumplir las siguientes condiciones:

# Los medios de transporte que se matriculen o se utilicen como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular desde el extranjero al territorio español. <..> Cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Los interesados deberán haber tenido su residencia habitual fuera del territorio español al menos durante los doce meses consecutivos anteriores al traslado.

2. Los medios de transporte deberán haber sido adquiridos o importados en las condiciones normales de tributación en el país de origen o procedencia y no se deberán haber beneficiado de ninguna exención o devolución de las cuotas devengadas con ocasión de su salida de dicho país.

3. Los medios de transporte deberán haber sido utilizados por el interesado en su antigua residencia al menos seis meses antes de la fecha en que haya abandonado aquélla.

4. La matriculación deberá solicitarse en el plazo previsto<..>. (plazo de los 30 días siguientes al inicio de su utilización en España. Este plazo se extenderá a 60 días cuando se trate de medios de transporte que se utilicen en España como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular al territorio español)

5. Los medios de transporte a los que se aplique esta exención no deberán ser transmitidos durante el plazo de doce meses posteriores a la matriculación.


Habría que presentar el modelo 05 en Hacienda, pero por si acaso quieres confirmarlo, te facilitamos su telf de información:

AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

Esperamos que te sea de ayuda.

Salu2!

MIGUEL:
HOLA,

quiero matricular en españa un coche con matricula francés (uso privado) por traslado de residencia a españa, puedo ser exento de pagar dicho impuesto a la agencia tributaria ? que modelo impreso hay que rellenar ?
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#32722
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 8 Meses Karma: 20
Comentario enviado por IVAN:

buenas tardes, voy a montar una empresa de compra-venta de coches y tambien me voy a dar de alta en el epigrafe de alquiler de vehiculos, para asi comprar coches nuevos a mejor precio. mi pregunta es la siguiente, "los coches que saque como empresa de alquiler con exencion de impuesto de matriculacion, cuanto tiempo tengo que tenerlos a mi nombre para poder venderlos??" y segunda cuestion, tengo que pagar luego ese impuesto que me he deducido??, es necesario tener contratos de alquiler de esos coches, o puedo venderlos sin alquilarlos. conozco empresas que sacan coches a nombre de alquiler para venderlos como km0 pero desconozco como lo hacen
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#32723
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 8 Meses Karma: 43
Buenas tardes Iván.

Los coches que matricules como Rent a Car solicintando la exención del Impuesto de matriculación, tendrán que estar dos años a tu nombre.

En caso de transferirlos antes de ese tiempo te tocará liquidar ese Impuesto (una parte proporcional dependiendo del tiempo transcurrido).

Si los vendes pasados esos 2 años, habrán quedado exentos totalmente y no tendrías que liquidar nada referente a ese Impuesto.

Aparte de todo esto, las marcas te impondrán una restricción de tener que tenerlos a tu nombre durante como mínimo 6 meses para poder beneficiarte de los descuentos como empresa de Rent a Car que te apliquen.

Esperamos haberte aclarado algunos puntos al menos, y si aún te quedaran más consultas no dudes en decírnoslo.

Salu2

IVAN:
buenas tardes, voy a montar una empresa de compra-venta de coches y tambien me voy a dar de alta en el epigrafe de alquiler de vehiculos, para asi comprar coches nuevos a mejor precio. mi pregunta es la siguiente, "los coches que saque como empresa de alquiler con exencion de impuesto de matriculacion, cuanto tiempo tengo que tenerlos a mi nombre para poder venderlos??" y segunda cuestion, tengo que pagar luego ese impuesto que me he deducido??, es necesario tener contratos de alquiler de esos coches, o puedo venderlos sin alquilarlos. conozco empresas que sacan coches a nombre de alquiler para venderlos como km0 pero desconozco como lo hacen
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#33749
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Victor:

Hola:

Voy a renovar el vehículo que tengo como taxi en Madrid,y tengo entendido que puedo solicitar telemáticamente la exención del impuesto de matriculación.Mis consultas son: disponiendo de certificado digital (el dnie) ¿Que documento debo presentar para solicitar dicha exención (creo que es el 06,pero no estoy seguro)? ¿Que documentación,aparte del formulario,tendría que presentar? Por último, haciendo este trámite por la sede electrónica con cert. digital ¿Obtendría el documento de exención en el acto,como sucede con otros documentos que he presentado en la AEAT, o tendría que esperar un tiempo?
Realizo estas consultas porque la Delegación de Hacienda que me corresponde la tengo a 30 kms. de casa, quisiera evitarme en lo posible desplazamientos innecesarios.

Muchas gracias de antemano.
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#33756
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 7 Meses Karma: 43
Hola Víctor

Si dudas en los trámites y casillas e impresos a rellenar te merece la pena acercarte una mañana a Hacienda a gestionarlos llamando previamente a la Delegación de Agencia Tributaria para que te informen de la documentación que debes aportar el día que vayas.

En el caso de que al tramitarlo por internet te equivoques en algún punto, rectificarlo puede ser un buen dolor de cabeza..

Según nuestros datos:

TAXI SIN TAXÍMETRO. Este tipo de vehículos llevan asociada la exención del Modelo 05, tipo ER1. Debe aplicársele el servicio A02 (Público - alquiler con conductor (autoturismo). Debe indicarse una caducidad de ITV de 1 año.

TAXI CON TAXÍMETRO: Exención Modelo 05, tipo ER1. Servicio A04 (Público – taxi). Caducidad ITV: 1 año.

De todas formas te facilitamos el telf de consultas de la AEAT para que te asegures de todo bien.

AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345


La otra opción es consultar cuánto te cobrarían en una gestoría por tramitartelo. Quizás te merezca la pena también.

Salu2!

Victor:
Hola:

Voy a renovar el vehículo que tengo como taxi en Madrid,y tengo entendido que puedo solicitar telemáticamente la exención del impuesto de matriculación.Mis consultas son: disponiendo de certificado digital (el dnie) ¿Que documento debo presentar para solicitar dicha exención (creo que es el 06,pero no estoy seguro)? ¿Que documentación,aparte del formulario,tendría que presentar? Por último, haciendo este trámite por la sede electrónica con cert. digital ¿Obtendría el documento de exención en el acto,como sucede con otros documentos que he presentado en la AEAT, o tendría que esperar un tiempo?
Realizo estas consultas porque la Delegación de Hacienda que me corresponde la tengo a 30 kms. de casa, quisiera evitarme en lo posible desplazamientos innecesarios.

Muchas gracias de antemano.
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#34727
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por mario:

Hola!:
Tengo una misnuvalía del 33% y me ha llegado una nota en la que se me dice que debo de pagar el impuseto de circulación. Yo no sabía que podía acogerme exención del pago y cuando lo he solicitado me han dicho que se tandrá en cuenta el año que viene,que ahora ya se emitió la nota. ¿Puedo reclamar la exención para este plazo (2011-12) aunque ya me hayan mandado la nota de pago?.

Gracias.
anonimo
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