Comentario enviado por iñaki:
Hola,
Estoy interesado en la compra de un vehículo industrial tipo N1. Es un vehículo importado de Francia por lo que hay que matricularlo aquí. Es cierto que si se compra para uso profesional (un autónomo, por ejemplo), esta exento de pago de matriculación pero no así si lo compra un particular.
el vendedor (profesional de compra venta) me asegura que lo que tengo que hacer es darme de alta en autónomos durante un mes y luego darme de baja.
en el mes que esté dado de alta, compraría la furgoneta para estar exento del pago de matriculación y ademas podría deducir el IVA.
Esto que me cuentan, me plantea serias dudas de que sea legal.
Me lo podrían confirmar?
Mi sentido común dice que al darte de baja en autónomos, las ventajas que tuviera, desaparecen y aparecerían nuevas obligaciones pero no se que dice la ley al respecto.....