Comentario enviado por raul sanchez:
hola . el pasado dia 17 de octubre mi pareja fue multada por llevar la itv caducada desde el 3 de octubre.pensabamos que teniamos un mes de margen para pasarla, pero por lo que se ve ya no. Los agentes multaron en el momento a mi pareja con 200 euros ( 100 reducida) e informaron de que en un plazo de 10 dias tendria que estar pasada(al dia siguiente (18/10/2014 fue pasada satisfactoriamente). Al llegar a casa me enseño la multa que le entregaron los agentes y observe que habia varios errores en los datos. La direccion estaba mal (el numero de portal es 27 y pusieron 23 ), la provincia tambien estaba mal ( pusieron madrid y es guadalajara) aunque la poblacion esta bien, que es azuqueca de henares, no ponen el codigo postal y la multa la pusieron al nombre de ella con todos sus datos(nombre , su domicilio, dni...) siendo yo el titular del vehiculo.mis preguntas son : ¿EL PLAZO PARA PODER BENEFICIARME DE LA REDUCCION COMIENZA DESDE EL MOMENTO QUE EL AGENTE SANCIONA O DESDE QUE LLEGA LA NOTIFICACION A CASA? ¿ SI TENGO QUE ESPERAR LA NOTIFICACIO, A QUE DIRECCION VA A LLEGAR SI ESTA MAL REDACTADA LA MULTA? ¿ TENDRIA ALGUNA POSIBILIDAD DE ANULACION DE LA SANCION SI ALEGARA EN LA RECLAMACION TODO LO ANTERIORMENTE EXPUESTO? Y POR ULTIMO, ¿ HA ENTRADO EN VIGOR EN ESPAÑA LA DIRECTIVA 2014/45/EU DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DEL 3 DE ABRIL DEL 2014 RELATIVA A LAS INSPECCIONES TECNICAS PERIODICAS DE LOS VEHICULOS DE MOTOR Y DE SUS REMOLQUES.EN LAS QUE SE TRATA LOS TIEMPOS DE PRORROGAS POR NO TER PASADA LA ITV EN TIEMPO MARCADOS? espero vuestras respuestas, gracias