Comentario enviado por Marta:
Es legal recoger una notificacion en las oficinas del departamento que gestiona la multa o como dice la ley solo es válida la que se realiza en el domicilio,en el Testra o en la dirección de correo electrónica dada al efecto..
En el caso de que sea válida la entrega de la multa en las oficinas,la puede recoger cualquier persona que se haga cargo de ella firmando la notificacion y dando su DNI...o sólo debería entregarse al titular del vehículo.. Así qué si el conductor no es el titular no puede hacerse cargo de la multa a no ser que el titular le identifiqué por escrito y correctamente..
El problema surge por las veces que se conduce un vehículo que no es propio y te ponen una multa y quieres pagarla antes de que se notifique al titular y así no se entere de la infracción cometida (siempre que no lleve puntos,claro,sino queda claro que hay que identificar correctamente al conductor).
Agradecería mucho una contestación.