Comentario enviado por deume:
Hola, el pasado 11 de febrero de 2011, me llega una sanción por exceso de velocidad, que ha ocurrido el día 24 de enero de 2010, acompañada de dos notificaciones anteriores con fecha de 13 de abril de 2010 y 23 de diciembre de ese año, en la que me comunican que hasta esa fecha no han podido enviármela al domicilio habitual (no he cambiado de domicilio en los últimos 20 años), en estas dos ultimas, me piden que identifique al conductor.
Con fecha de 3 de marzo de 2011, presento una alegación en la cual indico que la dirección es la misma que en la que he recibido la última comunicación, y solicito la paralización del expediente, así como la resolución del mismo, cosa que hacen con fecha de 16 de agosto de 2013, en la cual me piden que abone la sanción inicial de la multa.
Mis preguntas son dos:
a) Es normal que hayan tardado tanto en contestar? están dentro de plazo?
b) La alegación que presento, es sobre la "imposibilidad" de comunicarme la sanción en plazo, no de la sanción en si, por lo que no me han ofrecido la posibilidad de efectuar el abono bonificado, puedo reclamarlo?
Muchas gracias por la información.