Hola
Por carta ordinaria no se considera notificación fehaciente.
Sin embargo, si la sanción es correcta y estás dispuesto a pagarla, pues quizás lo mejor sea abonarla ya, beneficiarte de la reducción y olvidarte del tema.
Sino a esperar a que te notifiquen por correo certificado.
Salu2
Antonio:
Hola
Ayer recogí de mi buzón una multa de 100,00 € por el radar del día 4 de agosto de 2014.
La comunicación fue por carta ordinaria, pidiendo la identificación del conductor. Además señalan que si pago en un plazo inferior a 20 días tendré una reducción del 50%.
¿Es correcta la comunicación por carta ordinaria? ¿Se puede considerar una comunicación fehaciente? ¿Empiezan a correr los plazos desde ayer y puedo perder la posibilidad de reducción?
Gracias. Un saludo