En el caso de que no hayan pasado 4 años desde la fecha de matriculación del
vehículo mixto adaptable, en caso de venderlo habrá que liquidar el Impuesto de Matriculación que no se pagó en su día.
Sin liquidar este Impuesto no se podrá transferir en Tráfico.
Al comprador le corresponde abonar el Impuesto de Transmisiones patrimoniales (modelo 620) en Hacienda. Sin embargo, el Impuesto de matriculación entendemos que le correspondería pagarlo al vendedor, que como bien dices fue quien se lo ahorró en su día y quien está incumpliendo el plazo de no venderlo en 4 años.
Así que os recomendamos aclarar todos estos puntos con él antes de hacer ningún pago del coche.
Por si os hiciera falta, os facilitamos también el telf de Hacienda:
AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Más información sobre vehículos mixtos adaptables en este enlace:
Vehículos mixtos adaptables: ¿pagan Impuesto de Matriculación? ¿qué limitaciones tienen? Leer más:
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