No sabemos muy bien que te han puesto en la notificación de la denuncia ni qué código de infracción si es que te han indicado alguno.
Las infracciones sólo se gestionan o por vía administrativa o sino por vía judicial, así que si lo consideran infracción administrativa sólo tendrías que abonar la cuantía correspondiente y retirada de puntos que te indiquen.
Tendrías que aclarar acudiendo a Tráfico con ese boletín de denuncia a ver cómo lo van a gestionar.
El procedimiento oficial a seguir en estos casos es:
La Administración declarará la pérdida de
vigencia de la autorización para conducir cuando su
titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados <..>
Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado, en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción.
En este caso, el titular de la autorización no
podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia
de conducción hasta transcurridos seis meses,
contados desde la fecha en que dicho acuerdo fuera
notificado.
Lo que queda claro, es que no podrás conducir hasta transcurridos 6 meses, y tendrás que seguir los trámites indicados en el siguiente enlace para poder recuperar el carnet:
www.preguntasfrecuentes.net/2011/12/14/c...quedarte-sin-puntos/
Salu2
Antonio:
¿Aun cuando me han puesto una multa por ello? Es decir, ellos me han puesto una multa por conducir sin puntos, y en ella se indica que quedo notificado que no tengo puntos. ¿No excluye esto cualquier medida judicial posterior? Me extraña que no me hayan informado de esta posibilidad los agentes ya que no se rellenó ni un atestado ni fui detenido, la verdad que desconozco el procedimiento cuando se inicia una acción judicial de este tipo.
Gracias