Hola.
Es obligación por tu parte notificar tu cambio de domicilio en la Jefatura de Tráfico.
No haberlo hecho no te exime, por lo que se dará por notificado aunque no lo hayas recogido (lo publicarán en los boletines oficiales o en el TESTRA).
Y si te paran conduciendo y comprueban que no dispones de puntos y autorización para conducir, tendrás que ir a juicio por delito penal, pudiéndote caer las penas que puedes ver en:
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www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/c...puntos-delito-penal/
Salu2
Carmen:
Hola,después de quedarme sin puntos y recibir una primera notificación me han comunicado desde el domicilio que vivía antes que un policía llegó a esa dirección a retirar el carnet de conducir y entregar una carta.Como resulta que yo ya no vivo en esa ciudad no puedo recogerla,pero mi pregunta es,si me paran como a mi personalmente no me lo han notificado ,qué me pasara?Esa notificación tiene fecha desde cuando no puedes conducir?El plazo de restricción continua aunque no hayas recibido notificación alguna?