Creemos que te pondrían la siguiente:
- CONDUCIR EL VEHÍCULO
RESEÑADO CARECIENDO DE
AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA PARA
CONDUCIR
CORRESPONDIENTE -> 500€ . No conlleva retirada de puntos. (normativa: CON 001 1 5A)
Al tener carnet B no sería delito penal, tal como si sucede en otros casos:
-
www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/c...puntos-delito-penal/
Salu2!
Alberto:
Me he comprado una motocicleta de 400 c.c. y yo solo tengo el carnet B para coche. Si me paran y me multan, ¿Que sanción me pueden poner?. ¿Es un delito conducir una moto de 400 c.c y tener solo el carnet B?. Gracias