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Nueva ley de tráfico: novedades en el carnet por puntos
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Foro de coches: Resolución de cuestiones sobre la compra venta alquiler de coches, financiación, garantías y reclamaciones, seguros, problemas técnicos habituales.
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TEMA: Nueva ley de tráfico: novedades en el carnet por puntos
#45161
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 9 Meses Karma: 43
Hola.

La sanción impuesta es correcta. No vemos justificación para alegar, salvo que haya algún error en la notificación, como que esté mal puesta la matrícula por ejemplo.

No se concreta en la Ley cómo miden la distancia, pero se presupone la veracidad de los agentes, por lo que no hay mucho que hacer al respecto para evitar la sanción.

Salu2

Gema:
Hola. me ha llegado una notificacion de una multa a los dos meses por no guardar la distancia de seguridad, pero sin pararme en el momento, me sancionan con 200 euros y 4 puntos de retirada, debería alegar? Como han comprobado la distancia ellos? gracias
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#45173
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 9 Meses Karma: 20
Comentario enviado por ana:

Gracias.
Un saludo.
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#49275
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por jorge moleon fernandez:

si no llevo la documentación del vehículo, salvo el DNI me pueden denunciar. tengo entendido que ya no es necesario llevar la documentación, ya que el agente que me pare solicitaria la información en el sistema informàtico. En caso de ser positivo, en la Comunidad catalana, se respetaría esto.
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#49291
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 7 Meses Karma: 43
En el vehículo estás obligado a llevar todo lo que indicamos en el siguiente enlace:

<a target="_blank" href="www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/12/%...var-en-el-vehiculo/]¿Qué documentos es obligatorio llevar en el vehículo?[/url]

En el caso de que no lo lleves, podrían sancionarte, aunque la multa por no llevar la documentación es de poca cuantía y no quita puntos.

El no llevar carnet de conducir puede hacer que te inmovilicen el vehículo.

Lo que ya no es necesario llevar en el coche es el recibo del pago del seguro, ya que telemáticamente comprobarán que el coche efectivamente está asegurado. Eso sí, cómo por fallo de sistema no lo puedan verificar de esta forma, podrías tener problemas...

<a target="_blank" href="www.preguntasfrecuentes.net/2010/03/10/%...-seguro-en-el-coche]¿Te pueden multar por no llevar el recibo del seguro en el coche?[/url]

Así que te recomendamos que siempre que vayas conduciendo portes todo lo anterior.

Salu2!

jorge moleon fernandez:
si no llevo la documentación del vehículo, salvo el DNI me pueden denunciar. tengo entendido que ya no es necesario llevar la documentación, ya que el agente que me pare solicitaria la información en el sistema informàtico. En caso de ser positivo, en la Comunidad catalana, se respetaría esto.
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#49450
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 7 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Yolanda:

Hola, quería hacer una consulta sobre una multa que me pusieron en septiembre de 2009. Al entrar en vigor la nueva ley en 2010, el plazo de prescripción será el antiguo (de 1 año)o el nuevo, ya que la multa es anterior a la ley.
Gracias
Un saludo
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#49451
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 7 Meses Karma: 60
La que corresponda en el momento que te impuso la sanción, es decir la anterior ley.

Salu2

Yolanda:
Hola, quería hacer una consulta sobre una multa que me pusieron en septiembre de 2009. Al entrar en vigor la nueva ley en 2010, el plazo de prescripción será el antiguo (de 1 año)o el nuevo, ya que la multa es anterior a la ley.
Gracias
Un saludo
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#50763
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 6 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Miguel:

Buenas tardes.
Hace 2 meses la Guardia Civil de Tráfico me paró y me puso una multa por "No obedecer una señal de prohibición o Restricción R-305" Precepto infringido Artículo 154.
(Había una señal de prohibido adelantar)

El guardia civil me dice que como no puse en peligro a nada ni a nadie en el boletin de sanción puso de multa 80€. A los 4 días pagué la multa, 50% descuento, total 40€.

Hoy me llega de nuevo la misma multa pero con un importe de 200€. Llamo a la DGT y me dicen que es una falta grave y que lo que dijo y puso en la multa (80€) el Guardia Civil no es válido.

Qué se puede hacer?
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#50817
RE: Nueva Ley de tráfico: novedades multas, infracciones y carnet por puntos hace 12 Años, 6 Meses Karma: 43
Buenas tardes

Efectivamente la infracción cometida corresponde al CIR (código de circulación) art 154 5A y la sanción económica es de 200€ (100€ con el importe reducido)

Tendrías que llamar a Tráfico para que te pasen con el departamento de sanciones y multas, para que te indiquen como proceder al haber abonado ya la cuantía anterior. Como mucho tendrías que pagar sólo la diferencia y aplicando el descuento por pronto-pago.

Si quisieras intentar recurrir, tendrías que ponerte en contacto con alguna de las empresas especializadas en ello. Pero no te confirmamos que haya posibilidades, ya que han rectificado la cuantía correspondiente y la correcta es la actual..

Salu2

Miguel:
Buenas tardes.
Hace 2 meses la Guardia Civil de Tráfico me paró y me puso una multa por "No obedecer una señal de prohibición o Restricción R-305" Precepto infringido Artículo 154.
(Había una señal de prohibido adelantar)

El guardia civil me dice que como no puse en peligro a nada ni a nadie en el boletin de sanción puso de multa 80€. A los 4 días pagué la multa, 50% descuento, total 40€.

Hoy me llega de nuevo la misma multa pero con un importe de 200€. Llamo a la DGT y me dicen que es una falta grave y que lo que dijo y puso en la multa (80€) el Guardia Civil no es válido.

Qué se puede hacer?
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